No se tiene en cuenta el periodo comprendido entre el 1-1-2020 y el 31-12-2020, a efectos del cumplimiento del requisito de mantenimiento o aumento de salario del trabajador durante 3 años.
Se declaran exentas las prestaciones percibidas en concepto de ingreso mínimo vital así como también ciertas ayudas públicas dirigidas a paliar los efectos del coronavirus. Se exonera a los contribuyentes que desempeñan actividades económicas, de autoliquidar e ingresar el tercer pago fraccionado del año 2020.
Se establecen normas adicionales para la presentación de la autoliquidación del IS en determinados supuestos; y se permite aplicar la deducción por producción de largometrajes y obras audiovisuales presentando en un momento posterior el informe motivado relativo al cumplimiento de los requisitos requeridos.
Se regulan varias medidas que afectan al IS. La mayoría de ellas consisten en una ampliación de plazos en relación con aquellos recogidos en la normativa vigente, que será de aplicación cuando estos últimos finalicen, en general, en el año 2020.