Para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2013 se establece la posibilidad de aplicar la deducción por I+D e IT sin tener en cuenta el límite conjunto, o solicitar su abono, siempre que se cumplan determinados requisitos.
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2013 se excluye de la aplicación de la escala de gravamen reducida a las cooperativas de nueva creación.
Con efectos desde el 11-7-2013 se ven incrementados algunos de los tipos de gravamen aplicables a las modalidades TPO y AJD del impuesto en esta Comunidad Autónoma.
Con efectos desde el 11-7-2013 se ven incrementados algunos de los tipos de gravamen aplicables a las modalidades TPO y AJD del impuesto en esta Comunidad Autónoma.
Se ha aprobado el Texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado, en vigor desde el 26-6-2013, que entre otras cuestiones regula los tipos impositivos aplicables en relación a ciertos medios de transporte.
Se ha aprobado el Texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado, en vigor desde el 26-6-2013, que entre otras cuestiones regula los tipos impositivos aplicables en relación a ciertos medios de transporte.
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2013 se exceptúa de la obligación de efectuar el pago fraccionado mínimo a las entidades que tributen al tipo de gravamen del 10%, 1% o 0%.
Al haberse aprobado en el ámbito estatal la supresión del IVMDH y su integración en el Impuesto sobre Hidrocarburos desde el 1-1-2013. diversas Comunidades Autónomas han modificado su normativa con el fin de adaptarla a la normativa estatal.
En relación con los pagos fraccionados por un lado se aprueban excepciones a la obligación de su presentación y declaración y a la obligación de efectuar el pago mínimo, y por otro lado se aprueban los porcentajes aplicables a las dos modalidades existentes.