Con el objetivo de elevar el nivel de control sobre el fraude, se desarrolla el contenido de ciertas obligaciones tributarias relacionadas con el proyecto Batuz para facilitar el cumplimiento de estas obligaciones a los contribuyentes que realizan actividades económicas.
Se establecen los cimientos normativos de los tres pilares sobre los que se asienta el proyecto Batuz: el establecimiento de nuevos instrumentos tecnológicos en los sistemas de facturación mediante la obligatoriedad del uso de medidas tecnológicas avanzadas por parte de los contribuyentes; el establecimiento de la obligación de llevanza de un libro registro de operaciones económicas para las personas jurídicas; y la puesta a disposición de los contribuyentes por parte de la Hacienda Foral de Bizkaia de borradores de declaraciones, a fin de facilitarles el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Ante los efectos producidos por la evolución del COVID-19, se autoriza el cargo de las domiciliaciones de determinadas autoliquidaciones en fecha distinta a la establecida en el reglamento de recaudación.
Se incluyen varias modificaciones en el Reglamento del IRPF entre las que destaca la inclusión de un nuevo supuesto de rendimiento de trabajo obtenido de forma notoriamente irregular.
Se modifica el Reglamento de desarrollo de la NFGT, en materia de revisión en vía administrativa para completar y desarrollar los cambios operados en la NFGT.
Se introducen modificaciones en el Reglamento de Inspección destacando las referidas a las actuaciones de intervención en materia de Impuestos Especiales de Fabricación.
Se modifica el modelo 036 de declaración censal para las entidades que quieran aplicar el nuevo régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Entre las novedades destaca la creación de tipos de gravamen específicos aplicables a los bienes inmuebles de características especiales y la exención del recargo sobre bienes inmuebles de uso residencial desocupados para los inmubeles destinados a planes de vivienda pública de carácter social.
Se introducen precisiones de carácter meramente técnico en el Reglamento del ISD como consecuencia de algunas modificaciones realizadas en el procedimiento de gestión del impuesto.
Se introducen modificaciones en el Reglamento del impuesto que afectan a la deducibilidad de los gastos financieros netos, el acuerdo de valoración previa de operaciones vinculadas, la deducción por creación de empleo y las obligaciones de información de las AIE, las AEIE y las UTE. Se introduce una disposición transitoria referente a la reserva especial para el fomento del emprendimiento y el reforzamiento de la actividad productiva.