La gestión de una IIC luxemburguesa a través de una entidad gestora residente fiscal en España no implica que la IIC luxemburguesa tenga su sede de dirección efectiva en territorio español.
No pierden la consideración de sociedades patrimoniales aquellas entidades que se encuentran participadas por herencias pendientes del ejercicio de un poder testatorio o del de un usufructo poderoso.
Con efectos 20-7-2017 se aprueba una nueva directiva que refunde la regulación de las disposiciones generales, constitución, funcionamiento y fusiones y escisiones de sociedades de capital ya existente.
Una sociedad civil con NIF y que realiza la actividad de gestión de los gastos comunes derivados de un despacho de abogados que ejercen su actividad profesional de forma autónoma, es contribuyente del IS.
Se incorporan al IS la sociedad civil con objeto mercantil y la SAT. Se regulan las relaciones socio-sociedad cuando coexisten distintas normas aplicables, el régimen transitorio durante este periodo de cambio y la posibilidad de la entidad de disolverse.
Se incluye como contribuyente a los nuevos fondos de inversión colectiva de tipo cerrado y a los fondos de titulización de manera genérica, desapareciendo la distinción existente entre fondos.
Se modifica en Araba el régimen de consolidación fiscal destacando la regulación de la entidad representante del grupo fiscal, el tratamiento aplicable en la determinación de la base imponible del grupo si se integran nuevas entidades que han aplicado correcciones al resultado contable y tienen pendientes de aplicar deducciones, incrementos de base imponible o inversiones pendientes de materialización y las previsiones en relación a los grupos en los que la dominante es no residente
Se regulan expresamente los requisitos que debe reunir el arrendamiento de inmuebles para ser considerado actividad económica y se incorpora el concepto de entidad patrimonial.