Forman parte de la base de deducción por inversión en vivienda habitual los gastos correspondientes a la segregación, disolución de condominio y distribución hipotecaria de una vivienda de la que se es copropietario, en proporción al porcentaje de titularidad en la vivienda que se ha segregado.
Cuando la a decisión de disolución y liquidación de una entidad ha sido tomada con anterioridad a la formulación de las cuentas anuales, dichas cuentas no deberían haberse formulado de acuerdo principio de empresa en funcionamiento, y por tanto, se produce un incumplimiento de principios y normas contables que debería llevar al auditor a la emisión de un informe con opinión desfavorable. Este mismo tipo de opinión debería igualmente emitirse en el supuesto de que las cuentas anuales se presentasen formuladas de acuerdo con el principio de empresa en funcionamiento y el acuerdo de disolución de la entidad se hubiese tomado una vez fueron formuladas las cuentas y con anterioridad a la fecha de entrega del informe de auditoría, y las cuentas no han sido reformuladas.
Se renueva, para los ejercicios sociales cerrados en el año 2013, el régimen excepcional previsto para las reducciones obligatorias de capital y las disoluciones de sociedades anónimas y de responsabilidad limitada como consecuencia de pérdidas.
Se aprueba una nueva prórroga del régimen excepcional para el cómputo de las pérdidas a los efectos de determinar si la sociedad está incursa en causa legal de reducción del capital o de disolución por pérdidas, y se amplía su ámbito de aplicación para la determinación del cumplimiento del presupuesto objetivo del concurso de acreedores.
Se renueva, para los ejercicios sociales cerrados en el año 2013, el régimen excepcional previsto para las reducciones obligatorias de capital y las disoluciones de sociedades anónimas y de responsabilidad limitada como consecuencia de pérdidas.
Es posible la aplicación del régimen especial de reorganizaciones empresariales a una fusión entre sociedades íntegramente participadas de forma directa e indirecta por una persona física, aunque no se amplíe capital.
La fusión entre sociedades íntegramente participadas de forma directa e indirecta por una persona física, aunque no se amplíe capital, puede acogerse al régimen fiscal especial de reorganizaciones empresariales.
En La Rioja se modifica el régimen de requisitos básicos de acceso a viviendas protegidas y se establece un nuevo supuesto de infracción grave en este ámbito.
Se ha procedido a la adaptación en el Territorio Foral de Bizkaia de la normativa tributaria en materia de saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero, y de reestructuración y resolución de entidades de crédito.