Consideración de las antenas de telefonía como edificaciones
Las instalaciones de antenas de telefonía no tienen la consideración de inmuebles, con independencia de que su localización se realice sobre el terreno o sobre la azotea de un edificio.
Las instalaciones de antenas de telefonía no tienen la consideración de inmuebles, con independencia de que su localización se realice sobre el terreno o sobre la azotea de un edificio.
Dado que las normas no pactadas de régimen interior de las empresas carecen de contenido normativo y, además, no queda justificado que se cumplan los requisitos establecidos por la propia empresa, se desestima el derecho del trabajador a percibir la ayuda económica por jubilación regulada en una norma interna creada por ella misma.
La pensión de viudedad para las parejas de hecho no se establece en favor de todas ellas con 5 años de convivencia acreditada, sino en exclusivo beneficio de las parejas de hecho registradas cuando menos 2 años antes, o que han formalizado su relación ante notario en iguales términos temporales, y que asimismo cumplan el requisito de convivencia.
Los premios a los denunciantes en los procedimientos de sucesión legítima del Estado constituyen una ganancia patrimonial a imputar en el momento en que la Administración General del Estado notifica su concesión.
Declarada de manera lícita la huelga , queda limitada la libertad del empresario y, más en concreto, su poder de dirección. El derecho de huelga se vulnera cuando la actividad desplegada por la empresa, consigue no solo minorar sus efectos, sino prácticamente anularlos en su totalidad.
Al ser superior la tasa de desempleo al 20% (en el segundo trimestre de 2014 del 24,47%) se prorroga por un período de 6 meses la vigencia de la normativa sobre forma y plazos de presentación del programa de recualificación profesional de las personas que agoten la prestación de desempleo y no tengan derecho a subsidio o hayan agotado el subsidio, incluidas sus prórrogas, entre el 16-8-2014 y el 15-2-2014 ambos inclusive. Además, desde el 10-8-2014 se específica que tanto los requisitos de inicio de un itinerario individualizado y personalizado de inserción, como la participación en el mismo se han de verificar a través del SISPE (Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo). A estos efectos se considerará que la persona solicitante ha iniciado un itinerario individualizado y personalizado de inserción, cuando tenga asociado y en estado de activo un itinerario personalizado de empleo (con los códigos que se establezcan en el SISPE) y adicionalmente se considerará que participa en este cuando exista un servicio asociado al mismo en estado de activo.
El hostigamiento, vejación y persecución sistemática que sufre la trabajadora por parte de la empresa socava su personalidad y estabilidad emocional haciéndola acreedora de una indemnización por los daños y perjuicios sufridos.
Desde el 7-8-2014 queda fijado el contenido y el procedimiento de suscripción del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria con el INGESA a favor de personas que no tengan la condición ni de aseguradas, ni de beneficiarias del Sistema Nacional de Salud SNS creado a través del RD 576/2013. Los principales elementos que se concretan son: los requisitos fundamentales de acceso, entre los que destaca la necesidad de que en el momento de la solicitud se acredite el empadronamiento en Ceuta y Melilla, así como la residencia efectiva en España durante un período continuado mínimo de un año antes de la solicitud; la cobertura asistencial que está referida -con carácter general- a la cartera común básica de servicios del SNS. También se establece el modelo de solicitud, el procedimiento de presentación y la forma de abono de la contraprestación económica.
Se aprueba con efectos para los periodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2014 un nuevo reglamento del IS en Araba.
Para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2014 se ha aprobado la nueva norma reglamentaria reguladora del IRPF en el territorio foral de Araba.
Atención al cliente
Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.
Por teléfono
Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.
Envío gratis
Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).
Devoluciones
Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).