La existencia de un proceso judicial en curso no es razón suficiente para el reconocimiento de un pasivo por la incertidumbre generada. Se necesita un juicio experto objetivo que ayude a estimar la posible existencia de la obligación con más peso específico que lo contrario; en este caso crearíamos la provisión. Sin perjuicio de lo anterior, en la memoria debe incluirse toda la información que entendamos significativa sobre esta operación.
Con efectos desde el 22-6-2017, se establece un mecanismo para determinar con certeza la existencia o no de incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana. Se adecúa la normativa bizkaina a las sentencias TCo 1-3-17 (normativa de Araba) y TCo 16-2-17 (normativa de Gipuzkoa) para una sujeción sin fisuras a la interpretación jurisdiccional del principio constitucional de capacidad económica. Así, se someten a gravamen únicamente supuestos en los que exista un incremento de valor de los terrenos.
Aunque un acuerdo colectivo para finalizar una huelga surte efectos sobre todas las empresas de un grupo, ello no es impedimento para que prevalezca otro acuerdo posterior sobre despido colectivo que introduzca variaciones en cada unidad empresarial, siempre que exista compatibilidad entre ambos acuerdos y sean complementarios.
El cálculo del porcentaje final del grado de discapacidad cuando el solicitante acredita dolencias distintas que dan lugar a la fijación del porcentaje correspondiente por cada una de ellas, no se obtiene con la suma aritmética de aquéllos, sino a través de la tabla de valores combinados que recoge la norma.
Aplicación de la L 3 /2004, con relación a la naturaleza y alcance de la limitación temporal dispuesta para el plazo de pago. Doctrina jurisprudencial aplicable.
Se declara inconstitucional y nula la regla de determinación de la base imponible del IIVTNU estatal aplicable con ocasión de la transmisión de los terrenos, únicamente en la medida en que someta a tributación situaciones de inexistencia de incremento de valor.
Se declara inconstitucional y nula la regla de determinación de la base imponible del IIVTNU estatal aplicable con ocasión de la transmisión de los terrenos, únicamente en la medida en que someta a tributación situaciones de inexistencia de incremento de valor.