Novedades en el ITP y AJD en Cantabria

Se ven incrementados algunos tipos de gravamen aplicables a ciertas operaciones sujetas a ITP y AJD, así como aprobada alguna nueva bonificación.

Modificaciones en el Suministro inmediato de información

Se ajustan plazos de remisión electrónica de algunos registros de facturación en aquellos sujetos pasivos acogidos al SII, así como la rectificación de anotaciones registrales. Se aclara como deben registrarse operaciones acogidas a dos de los regímenes especiales del IVA.

Despido por transgresión de la buena fe por hurto, fuera de la jornada y lugar de trabajo, en una tienda de la cadena empleadora

El trabajador que se encuentra fuera del lugar y horario de trabajo puede cometer actos que serían sancionables como transgresión de la buena fe contractual por causar un perjuicio a la empresa, si con ello incurre en comportamientos que tengan algún tipo de relevancia y vinculación con la actividad laboral. Así sucede si se perjudica la empresa de manera voluntaria y deliberada cometiendo un acto ilícito que tiene relevancia o vinculación con el contrato de trabajo.

Libros registro IVA

Se modifica la forma de llevar los libros registro y la información a proporcionar en los mismos, de forma particular a aquellos sujetos pasivos obligados a utilizar el sistema de Suministro inmediato de información.

Libros registro de facturas en el IVA

Se establece el contenido a incluir en los libros registro de facturas expedidas y recibidas por los empresarios o profesionales y otros sujetos pasivos del impuesto que lleven los libros registro de IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT.

Compra de oro a particulares por empresarios. Cambio de criterio

El TEAC cambia de criterio, en resolución de unificación de criterio, considerando que en la compra a particulares de objetos usados de oro y otros metales por parte de quienes ostenten la condición de empresarios o profesionales, la operación queda fuera tanto del ámbito del IVA como de la modalidad TPO del ITP y AJD.

Exclusiones del derecho a deducir. Atenciones a clientes consistentes en entregas de material de terraza.

La AN desestima el recurso contencioso al juzgar que la demandante no puede deducirse el IVA soportado por la adquisición del material de terraza entregado a sus clientes, ya que tiene la consideración de atenciones a clientes pero no el de muestras gratuitas u objetos publicitarios de escaso valor comercial intrínseco.