Desde el 13-3-2019 se aclara que las cotizaciones delegadas del SEPE durante la percepción del subsidio de desempleo para mayores de 52 años (antes 55) permiten completar el tiempo necesario para el acceso a la jubilación anticipada. La percepción del subsidio se extiende ahora hasta la edad ordinaria de jubilación y en tal caso, los efectos económicos de esta última se retrotraen a la fecha de la extinción del subsidio por cumplimiento de tal edad. Para ello es preciso que se solicite la pensión dentro de los 3 meses siguientes a la resolución firme de extinción. Si se hace después, la retroactividad máxima se extiende solo a 3 meses desde tal solicitud. Estas novedades se aplican a los subsidios que nazcan o se reanuden desde el 13-3-2019 pero también a los que se estuvieran percibiendo en dicho momento.
Se reduce la edad de los beneficiarios del subsidio de desempleo para mayores de 55 años a mayores de 52, que se extiende hasta la edad ordinaria de acceso a la pensión de jubilación, incrementándose la base de la cotización que durante su percepción ingresa la entidad gestora.
A partir del 1-4-2019, se introduce una nueva bonificación por la contratación laboral de personas desempleadas de larga duración, que pretende incentivar la contratación indefinida de personas desempleadas e inscritas en la oficina de empleo al menos 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación, mediante una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social.
Como consecuencia de la reducción de la edad de acceso al subsidio por desempleo para mayores de 52 años, se actualizan los preceptos de la LGSS referentes a los trabajadores fijos discontinuos, adecuándolos a la nueva edad.
El socio trabajador de una CTA, encuadrado en el RGSS, tiene derecho a la jubilación anticipada cuando, reuniendo el resto de requisitos exigidos por la ley, su contrato ha sido extinguido por auto del Juzgado de lo Mercantil en virtud de despido colectivo tramitado en el seno del concurso en que se hallaba inmersa la CTA.
Actualización para el 2019 de las cantidades a aplicar para determinar el importe de las deducciones por pensiones de viudedad y de jubilación en su modalidad contributiva.
Durante el 2019 se incrementa la cotización adicional a satisfacer para la jubilación anticipada de bomberos, miembros del cuerpo de la ertzaintza. También se fija la de la policía local.