Condena a España en relación con el régimen especial de las agencias de viaje
El Tribunal de Justicia condena a España por incumplimiento de sus obligaciones en relación con determinados preceptos del régimen especial de las agencias de viaje.
El Tribunal de Justicia condena a España por incumplimiento de sus obligaciones en relación con determinados preceptos del régimen especial de las agencias de viaje.
La atribución de personalidad jurídica a la sociedad civil resulta relevante a efectos de determinar la tributación de su transformación en una sociedad de responsabilidad limitada.
Instrucciones para regular la coordinación de la ITSS y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en materia de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social.
Con efectos desde el 1-1-2014, las obligaciones de suministro de información previstas para las entidades comercializadoras en territorio español de acciones o participaciones de IIC domiciliadas en el extranjero, se hace extensiva a las de IIC domiciliadas en España.
Extensión del derecho a obtener una autorización de residencia de larga duración-UE a los extranjeros a los que se les haya reconocido la condición de beneficiario de protección internacional en España.
Para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2013 se introducen varias modificaciones para adaptar el régimen a la no deducibilidad de las pérdidas de establecimientos permanentes, a la no deducibilidad de las pérdidas por deterioro de participaciones en entidades, y para limitar el importe deducible de las rentas negativas procedentes de la transmisión de participaciones en entidades no residentes.
Para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2014 se modifica la regulación de la bonificación por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla para equipararla a la existente en el IRPF y establecer unas reglas mínimas que faciliten su aplicación práctica.
La obtención de ganancias patrimoniales por reembolso de participaciones en fondos de inversión colectiva obliga a presentar declaración por el IRNR cuando la retención practicada sea inferior a la cuota tributaria calculada conforme a las reglas generales del impuesto.
Desde el 31-10-2013, se introduce una nueva exención aplicable a la matriculación definitiva, o circulación o utilización en España de embarcaciones titularidad de las escuelas deportivas náuticas, y se modifica la exención aplicable a la matriculación definitiva, o circulación o utilización en España de las embarcaciones que se afecten al ejercicio de actividades de alquiler.
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