El criterio de selección de los trabajadores afectados por un despido colectivo corresponde al empresario, aunque con las cautelas necesarias. En principio, el único colectivo con dicha prioridad son los representantes legales de los trabajadores, y sólo mediante convenio colectivo o acuerdo alcanzado durante el período de consultas se puede establecer a favor de otros colectivos como trabajadores con cargas familiares, mayores de determinada edad o personas con discapacidad.
El criterio de selección de los trabajadores afectados por un despido colectivo corresponde al empresario, aunque con las cautelas necesarias. En principio, el único colectivo con dicha prioridad son los representantes legales de los trabajadores, y sólo mediante convenio colectivo o acuerdo alcanzado durante el período de consultas se puede establecer a favor de otros colectivos como trabajadores con cargas familiares, mayores de determinada edad o personas con discapacidad.
Se establecen novedades principalmente en la designación o elección de los miembros de la comisión control, desarrollándose más pormenorizadamente como ha de realizarse el proceso electoral.
Desde el 3-8-2014 se reubica en el Reglamento la disposición relativa a la titularidad de los activos que integran el patrimonio del fondo de pensiones. Estos activos, por regla general y como ya se establecía en el RD 304/2004 art. 69.8-redacc RD 681/2014 art. 1.40, corresponden colectiva y proporcionalmente a todos los planes adscritos al mismo y a todos lo participes y beneficiarios de estos. Existen respecto de esta regla general varias excepciones. El Ministro de Economía tiene competencia para regular las condiciones de asignación específica de activos, carteras o inversiones.
Con el objetivo declarado de adaptarlas a la realidad de los mercados las modificaciones en las entidades gestoras y depositarias alcanzan a la función de control, conservación y custodia de la documentación, delegación de funciones y régimen de comisiones.
Desde el 3-8-2014 el Reglamento de planes y fondos de pensiones establece que la autorización administrativa para su constitución se concede por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Además se establecen nuevos requisitos para su inscripción y funcionamiento; también respecto de la forma en que se han de realizar las modificaciones posteriores.
Mediante la obligación de abono de los intereses de mora devengados por retraso en el pago de salarios no se trata de conservar el valor nominal consignado en la resolución judicial, sino de indemnizar al acreedor impagado del lucro cesante, dándole lo que hubiera podido obtener en circunstancias normales sin exigencia de la liquidez de la deuda.
Se aprueba el Plan Aragonés para el fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas en el período 2014-2016.
Se aprueba en Castilla-La Mancha un nuevo Plan de vivienda con el objetivo, entre otros, de impulsar el mercado de la rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.