Operaciones entre personas o entidades vinculadas. IS. Gipuzkoa
Con efectos para los periodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2014 se desarrollan algunos aspectos en relación con la obligación de documentación de las entidades vinculadas.
Con efectos para los periodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2014 se desarrollan algunos aspectos en relación con la obligación de documentación de las entidades vinculadas.
Se aprueba con efectos para los periodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2014 un nuevo reglamento del IS en Gipuzkoa.
Se destaca la obligación de presentar junto con las autoliquidaciones determinada información sobre el fondo de comercio financiero.
Se aprueban en Araba y Gipuzkoa los modelos 200 y 220 de declaración del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en dichos territorios forales para el período impositivo 2014.
Se han aprobado en Bizkaia los modelos 200 y 220 de autoliquidación del IS para 2014
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