En el régimen de deducciones en sectores diferenciados de la actividad, no originan el derecho a deducir las actividades que tributan por el régimen simplificado, salvo que se trate de las cuotas soportadas en la adquisición de determinados bienes
Para que los comuneros que desarrollen, a su vez, una actividad empresarial o profesional puedan deducir las cuotas soportadas por la comunidad, será preciso que estén en posesión de una factura emitida por la propia comunidad en la que esta les facture los gastos correspondientes a cada uno de ellos, repercutiéndoles en dicha factura el correspondiente IVA.
Una sociedad dedicada al arrendamiento de inmuebles adquiere una vivienda ático con garaje, del que se deduce el 100% del impuesto soportado. Comprobada la operación por parte de Gestión Tributaria, la sociedad les comunica que el inmueble se adquirió con […]
El alquiler de plazas de garaje por una empresa que son cedidas a sus empleados es una prestación de servicios a título gratuito para fines propios de la actividad, que no está sujeta al Impuesto y no restringe el derecho a la deducción.
Una sociedad se dedica a la comercialización y producción de productos informáticos. Para el desarrollo de su actividad la consultante necesita arrendar dos tipos de inmuebles: – Edificios de oficinas utilizados para la actividad: los arrendamientos de estos edificios incluyen […]
Una sociedad distribuye en exclusiva para España camiones, autobuses, chasis, maquinaria y partes de vehículos, así como accesorios y equipamiento, de su matriz; entidad con domicilio fiscal en Suecia y propietaria del capital de la entidad española.Dentro de las garantías […]
Con efectos en general a partir del 13-5-2015, se han introducido diversas modificaciones en el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias al objeto de acomodarlo a las modificaciones introducidas en la L 20/1991 por la L 28/2014.
En una escisión de rama de actividad en la que se transmiten la totalidad de los elementos materiales y humanos necesarios para su funcionamiento con excepción del local, que será arrendado al adquirente mediante un contrato de arrendamiento, la operación estará no sujeta al IVA siempre que, de las características del contrato se deduzca que el adquirente puede disponer del inmueble de forma duradera para el ejercicio de la actividad económica.
La empresa sucesora en los derechos y obligaciones de una extinguida UTE es quien puede efectuar la deducción de las cuotas soportadas, por cuanto la UTE dejó de ser sujeto pasivo y obligado tributario a todos los efectos sin capacidad para cumplimentar obligación formal alguna.