Se modifican diversos preceptos de la normativa del IS, destacando la creación de una nueva deducción medioambiental y la nueva regulación de los contratos de arrendamiento financiero, la reducción por cesión de determinados activos intangibles, y el régimen de las entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas.
Ya es de aplicación provisional el Acuerdo firmado entre ambas partes, por el que se crea una zona de aviación común y en el que se prevén una serie de beneficios fiscales.
A partir del 15-11-2012, la Ley de reestructuración y resolución de entidades de crédito contempla la posibilidad de constituir agrupaciones de activos y pasivos de la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, que constituirán patrimonios separados carentes de personalidad jurídica, denominados Fondos de Activos Bancarios. Estos fondos son sujetos pasivos del IS y disfrutan de un régimen fiscal particular en este impuesto.
Desde el 31-8-2012, el valor económico determinado para las operaciones de reestructuración y resolución de entidades bancarias, tiene la consideración tributaria de valor de mercado.
Se ha firmado un acuerdo para la cooperación y fomento de la aviación internacional entre el Reino de España y la República de Armenia en el que se prevén una serie de beneficios fiscales.
España y Qatar han acordado conceder a las compañías aéreas que designen cada parte la exención de todo impuesto sobre beneficios derivados de la explotación de servicios aéreos.