A los efectos del IRPF, en virtud de la aplicación del régimen de atribución de rentas, los rendimientos que un socio pueda percibir por su trabajo en una sociedad civil constituyen para el mismo una parte del rendimiento de la actividad económica obtenido por la sociedad que le resulta atribuible, al tratarse de una mayor participación de ese socio en el rendimiento de la entidad, y no una retribución satisfecha por la sociedad al socio.
Desde la fecha señalada, se considera gasto deducible para la determinación del rendimiento neto en estimación directa, las primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura y a la de su […]
Una persona física desarrolla la actividad de enseñanza en academia propia. La facturación de los servicios de docencia a organizaciones empresariales se desglosa a petición de estas en dos partes: una factura por el alquiler de aulas y material didáctico […]
Con carácter general, las primas o cuotas satisfechas por la empresa a entidades aseguradoras para la cobertura de enfermedades del trabajador, su cónyuge y sus descendientes se consideran rendimientos del trabajo en especie, exentos del IRPF, siempre que tales primas […]
Se puede considerar liberado sindical a aquella persona que queda eximida de realizar sus funciones laborales en la empresa de la que es empleada y pasa a realizar exclusivamente la actividad sindical, manteniendo sus retribuciones laborales (ET art.68; LO 11/1985 […]
Desde el 1-1-2016, en las Mutualidades de Previsión Social que actúen como sistema alternativo al alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, no se podrán hacer efectivos los derechos económicos de los productos o seguros utilizados para cumplir con dicha función alternativa en los supuestos de liquidez previstos en el RDLeg 1/2002 art.8.8 redacc L 26/2014, párrafos primero y segundo (desempleo de larga duración o de enfermedad grave, así como en caso de aportaciones realizadas con al menos diez años de antigüedad).
Las modificaciones introducidas afectan a la nueva deducción en concepto de gastos generales y a la reducción aplicable a determinados rendimientos del trabajo. Asimismo, se establecen los requisitos para la aplicación de la exención a los rendimientos del trabajo en especie derivados de la entrega de acciones o participaciones a los trabajadores en activo, a la vez que se aclara cuándo se entiende que la oferta de entrega de tales acciones se efectúa en las mismas condiciones a todos los trabajadores de la empresa o, en su caso, del grupo o subgrupo de sociedades. Por otro lado, se especifican qué vehículos se consideran eficientes energéticamente a efectos de cuantificar la retribución en especie en caso de cesión de los mismos a los trabajadores para usos particulares.