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Andalucía. Organización administrativa

La regulación de la organización territorial en materia de ordenación del territorio y urbanismo en Andalucía es la siguiente.
a) En cada una de las provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía debe existir una Delegación territorial de fomento, infraestructuras, ordenación del territorio, cultura y patrimonio histórico, dependiendo orgánicamente de la Consejería de fomento, infraestructuras y ordenación del territorio. Se le adscriben los servicios periféricos de las Consejerías de:
– Fomento, infraestructuras y ordenaicón del territorio; y
– Cultura y patrimonio histórico.
b) La organización de las Consejerías atribuye competencias en materia de urbanismo y ordenación del territorio a:
1. Consejería de fomento, infraestructuras y ordenación del territorio. Se le atribuyen las competencias que hasta ahora tenía atribuidas la Consejería de fomento y vivienda y las de Consejería de medio ambiente y ordenación del territorio y que son:
– vivienda, suelo, arquitectura e inspección en materia de vivienda, incluyendo la gestión, control y registro de las fianzas de los contratos de arrendamiento de vivienda y uso distinto del de vivienda, y de suministros de agua, gas y electricidad, así como el desarrollo y coordinación de las políticas de asistencia a personas en riesgo de pérdida de su vivienda habitual en supuestos de desahucio;
– movilidad e infraestructuras viarias y de transportes, como carreteras, vías ciclistas, ferrocarriles y otras infraestructuras viarias, cuyos itinerarios se desarrollen íntegramente en el territorio de Andalucía;
– investigación, desarrollo e innovación y la superior inspección y el control de la calidad de la edificación, construcción y obra pública; y
– todo lo concerniente a la ordenación del territorio y del litoral, urbanismo e inspección territorial y urbanística.
La estructura es la siguiente:

Órganos directivos centrales
Viceconsejería
Ejercicio de la jefatura superior de la Consejería y las siguientes funciones:
• Formar parte de la Comisión General de Viceconsejeros y Viceconsejeras.
• La superior coordinación y seguimiento de la planificación y programación en las materias de la competencia de la Consejería.
• El sistema de información geográfica y estadística de la Consejería, adscribiéndosele la Comisión Estadística y Cartográfica de la misma, así como la Unidad Estadística y Cartográfica.
• La coordinación de la actividad económico-financiera de la Consejería y sus entidades adscritas.
• La coordinación y seguimiento de la gestión de los fondos europeos en el ámbito propio de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
• La superior coordinación de las funciones de las unidades de inspección relacionadas con las competencias de esta Consejería.
• Establecer los programas de inspección y evaluación de los servicios de la Consejería.
• Las demás funciones previstas en L Andalucía 9/2007 art.27.2.
Secretaría general de infraestructuras, movilidad y ordenación del territorio
Es el órgano de dirección, coordinación y control de las políticas de infraestructuras, movilidad, ordenación del territorio y del litoral, y urbanismo, así como la planificación, análisis, inspección y seguimiento de dichas políticas.
Le corresponde impulsar y coordinar la consecución de los objetivos y el cumplimiento de las acciones relacionadas con:
• La elaboración, evaluación y seguimiento de estrategias, planes y programas en materia de infraestructuras, movilidad, ordenación del territorio y del litoral, urbanismo, inspección territorial y urbanística.
• El impulso y coordinación de las políticas de infraestructuras y la definición, programación general y seguimiento en materia de planes de infraestructuras viarias y de transportes, incluidos los no motorizados, las políticas de movilidad y accesibilidad de la Junta de Andalucía.
• La integración y coordinación de las políticas de planificación territorial y del litoral, urbanismo, inspección territorial y urbanística, con otras políticas sectoriales, planes y actuaciones de las Administraciones Públicas con incidencia territorial.
• La definición y programación general de las actividades en materia de infraestructuras, movilidad, ordenación del territorio y del litoral, de urbanismo y de la inspección territorial y urbanística.
Otras funciones:
• El impulso y coordinación de las propuestas normativas en materia de infraestructuras, movilidad, ordenación del territorio y del litoral, urbanismo e inspección territorial y urbanística.
• El impulso y coordinación de los órganos colegiados de ámbito regional con competencias en materia de infraestructuras, movilidad, ordenación del territorio y urbanismo.
• La cooperación con las entidades locales y con la Administración General del Estado en las materias adscritas a la Secretaría General.
• La elaboración y tramitación de los planes de ordenación del territorio y otros instrumentos de la política territorial, así como el seguimiento de los mismos y el impulso y coordinación de su desarrollo y ejecución.
• La realización de planes, programas y actuaciones previstas en los planes de ordenación del territorio, en el marco de sus competencias.
• El desarrollo y coordinación de la política de espacios públicos metropolitanos o de alcance supramunicipal.
• El fomento de las políticas de protección, ordenación y gestión del paisaje, así como el impulso de acciones para la investigación, innovación y difusión de la cultura territorial.
• La elaboración, seguimiento y evaluación del Plan General de Inspección de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
• La cooperación con las entidades locales en materia de inspección y disciplina de ordenación del territorio y urbanismo para el desempeño de las competencias que le son propias en materia de disciplina urbanística.
• Instar la impugnación jurisdiccional de actos o acuerdos de las entidades locales que infrinjan el ordenamiento urbanístico o territorial, sin perjuicio de los que la legislación haya atribuido a otros órganos de la Administración.
• La inspección y tramitación de los procedimientos sancionadores y de protección de la legalidad en materia de ordenación del territorio y urbanismo que corresponden a la Comunidad Autónoma, la adopción de las medidas para la restauración de la realidad física alterada, así como la adopción de medidas cautelares y la imposición de multas coercitivas, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las entidades locales.
• El seguimiento de las actividades de las instituciones de ámbito internacional, orientando la participación de las actuaciones y proyectos de cooperación internacional, en materia de ordenación del territorio, infraestructuras, movilidad y urbanismo, sin perjuicio de la coordinación que ejerza la Consejería que tenga asignadas dichas competencias.
• La coordinación en el ámbito de la participación de la Comunidad Autónoma en la gestión de las Vías, Corredores y Puertas Verdes de Andalucía, sin perjuicio de las competencias en materia de medio ambiente atribuidas a otra Consejería.
• El impulso y asistencia al Observatorio Territorial de Andalucía.
• La propuesta, ejecución y seguimiento de los convenios de colaboración, cooperación y conciertos referentes a las actividades de la Consejería, dentro de su ámbito competencial.
• Cualesquiera otras que resulten necesarias para el ejercicio de sus competencias.
Secretaría general de vivienda
Funciones:
• El impulso, ejecución y desarrollo de las medidas previstas en L Andalucía 1/2010.
• La planificación, desarrollo y ejecución de las políticas de vivienda, rehabilitación y arquitectura incluido su desarrollo normativo, a través del cumplimiento de los Planes de vivienda y suelo de la Comunidad Autónoma, para implementar y afianzar la recuperación física, social y económica de la ciudad consolidada, así como la ejecución y gestión de las políticas estatales sobre vivienda, rehabilitación y suelo residencial.
• El desarrollo y coordinación de las políticas de asistencia a personas en riesgo de pérdida de su vivienda habitual en supuestos de desahucio, a través del Sistema Andaluz de Información y Asesoramiento Integral en Materia de Desahucios.
• La elaboración, coordinación y dinamización de los planes y el fomento de la rehabilitación de viviendas, espacios libres, equipamientos, áreas urbanas y patrimonio arquitectónico no afectado por la normativa vigente en materia de patrimonio histórico, bajo criterios de sostenibilidad, eficiencia energética y de la calidad de vida de las personas.
• La planificación, desarrollo y seguimiento de las políticas de suelo, así como las facultades inherentes a la gestión del Patrimonio Autonómico de Suelo, en el ámbito de la vivienda, las infraestructuras y la movilidad.
• La elaboración de la normativa técnica general y la superior inspección y control sobre la calidad de la edificación residencial y la específica sobre las viviendas protegidas, así como de la relacionada con la rehabilitación de viviendas.
• El fomento de la investigación y el desarrollo tecnológico para la adecuación de las viviendas a los programas de necesidades actuales y para la optimización de los costes de construcción, rehabilitación y mantenimiento y la mejora de la eficiencia energética.
• El desarrollo y coordinación del Observatorio de la Vivienda de Andalucía.
• El desarrollo de las políticas de accesibilidad en el ámbito de la vivienda.
• El control y administración de las viviendas protegidas de titularidad pública.
• Las competencias de la Consejería en relación con los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Vivienda Protegida y con los Planes Municipales de Vivienda y Suelo.
• La elaboración de estudios sobre seguimiento, análisis y evaluación del mercado inmobiliario residencial y la creación de nuevos modelos estadísticos e informativos para el desarrollo de actuaciones en materia de vivienda, en los que se incluirá el sexo como variable transversal de desagregación siempre que los datos se refieran a personas.
• El impulso a los sistemas de información territoriales y estadísticos sobre las actuaciones en materia de vivienda, rehabilitación y arquitectura, incorporando la variable sexo.
• La programación, promoción y fomento de actividades de educación y sensibilización en las materias de vivienda, rehabilitación y arquitectura a través de actividades de estudio, divulgación, formación y otros.
• La coordinación con los agentes económicos y sociales y con los colectivos ciudadanos en las materias competencia de la Secretaría General, así como el fomento de la participación de los mismos en los órganos consultivos de su ámbito competencial y en los procesos de elaboración y desarrollo de los Planes que se desarrollen.
• Las competencias de la Consejería en relación con el Registro de Viviendas Deshabitadas.
• La interlocución con las entidades financieras en materia de vivienda y suelo.
• Las actuaciones de cooperación internacional, sin perjuicio de la coordinación que ejerza la Consejería que tenga asignadas dichas competencias.
• La propuesta, ejecución y seguimiento de los convenios de colaboración, cooperación y conciertos referentes a las actividades de la Consejería, dentro de su ámbito competencial.
• La dirección, supervisión y fomento de Planes y actuaciones integradas de recuperación de centros históricos y barrios, con objeto de mejorar las condiciones de vida y de relación de sus habitantes; así como promover la colaboración con los Ayuntamientos y otros órganos administrativos para la gestión y desarrollo integral de dichos ámbitos.
• El fomento de las tipologías arquitectónicas tradicionales, favoreciendo su adaptación a las nuevas necesidades de la sociedad y a las técnicas constructivas actuales.
• La superior dirección en la gestión, control y registro de las fianzas de los contratos de arrendamiento de vivienda y uso distinto del de vivienda, y de suministros de agua, gas y electricidad, así como la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones reguladoras del depósito de dichas fianzas.
• El impulso, fomento y desarrollo del programa autonómico de espacios públicos de ámbito municipal, así como de las actuaciones para la recuperación y puesta en valor de los espacios públicos de la ciudad consolidada, sin perjuicio de las competencias de las entidades locales.
• La elaboración de propuestas para el desarrollo reglamentario de la L Andalucía 1/2010, en aspectos relativos a la inspección.
• La elaboración, seguimiento y evaluación del Plan General de Inspección de Vivienda.
• La cooperación con las entidades locales y otras Administraciones Públicas en materia de inspección de vivienda.
• inspección para el control de la legalidad de la actividad de vivienda, sin perjuicio de las competencias de las entidades locales.
• La inspección para el control del efectivo desarrollo y ejecución de la reserva del porcentaje, previsto por el planeamiento, de la edificabilidad de cada área o sector con uso residencial de los nuevos desarrollos, a la construcción de vivienda protegida.
• La inspección para el ejercicio de la potestad sancionadora en materia de vivienda, sin perjuicio de las competencias de las entidades locales.
• El seguimiento e inspección en desarrollo de las medidas adoptadas por la Comunidad Autónoma para promover el derecho a la vivienda y su efectiva ocupación
• La inscripción registral de las actuaciones públicas en materia de vivienda.
• La tramitación de los procedimientos para el ejercicio de la potestad sancionadora por infracciones en materia de vivienda que correspondan a la Comunidad Autónoma, así como el dictado de las resoluciones que recaigan en otros procedimientos de su competencia.
• Instar la impugnación jurisdiccional de actos de transmisión de viviendas protegidas nulos de pleno derecho, los actos y resoluciones registrales derivados de aquéllos
• La dirección y coordinación de las funciones de investigación y de tramitación de actuaciones previas que corresponden a las Delegaciones Territoriales en relación con las infracciones e ilícitos en materia de vivienda.
Secretaría general técnica
Funciones:
• La jefatura y administración del personal, sin perjuicio de la jefatura superior
• El régimen interior y los asuntos generales y de intendencia que afecten de forma genérica a los edificios, instalaciones, parque móvil y servicios de la Consejería.
• La organización y racionalización de las unidades y servicios de la Consejería y las funciones generales de administración, registro, archivo central y biblioteca.
• La elaboración de la programación informática de la Consejería,
• La dirección y gestión de las funciones de información, documentación, difusión y publicaciones de la Consejería.
• La coordinación, el mantenimiento y actualización del sitio web de la Consejería.
• La tramitación, informe y, en su caso, preparación de disposiciones de carácter general.
• El régimen general de la contratación administrativa, así como la contratación y actuaciones administrativas en las materias de su competencia y de los servicios comunes de la Consejería.
• La tramitación de los recursos y reclamaciones administrativas.
• La coordinación de la gestión económica y presupuestaria de la Consejería.
• La coordinación y seguimiento de los ingresos de Derecho Público no tributarios de la Consejería.
• La elaboración del Anteproyecto del Presupuesto de la Consejería bajo la dirección de la persona titular de la Viceconsejería, la administración de los créditos y la tramitación de las modificaciones presupuestarias.
• En general, la asistencia jurídica, técnica y administrativa a los órganos de la Consejería.
• Las funciones de la Unidad de Igualdad de Género
• Las propuestas de agilización y simplificación de los procedimientos, a fin de dinamizar las relaciones de la Consejería con la ciudadanía.
• La coordinación y seguimiento de las tareas necesarias para el cumplimiento de la legislación vigente en materia de protección de datos.
• El ejercicio de las competencias que en materia de control de calidad de la construcción y de la obra pública le corresponden a la Consejería.
• La propuesta, ejecución y seguimiento de los convenios de colaboración, cooperación y conciertos referentes a la actividad de la Consejería, dentro de su ámbito competencial.
• Las demás facultades que le sean delegadas y cualesquiera otras competencias que le atribuya la legislación vigente.
Dirección general de infraestructuras
Funciones:
• La elaboración de planes y programas de carreteras y otras infraestructuras viarias de la Comunidad Autónoma, en el marco de la planificación general de infraestructuras que establezca la Secretaría General de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio, así como su desarrollo y seguimiento.
• La elaboración de estudios y normas sobre proyección, construcción, conservación y explotación en materia de carreteras y otras infraestructuras viarias.
• La programación anual de inversiones, estudios, proyectos y obras de carreteras y otras infraestructuras viarias, sin perjuicio de la competencia de coordinación de la actividad económico-financiera que le corresponde a la persona titular de la Viceconsejería.
• La construcción, conservación y explotación de las carreteras y otras infraestructuras viarias competencia de la Comunidad Autónoma.
• El fomento y mejora de la calidad paisajística de las carreteras y otras infraestructuras viarias de Andalucía.
• La protección y gestión del dominio público viario, así como la elaboración de informes sectoriales a planes, estudios y proyectos que afecten al mismo.
• La elaboración, revisión y actualización del Catálogo de la Red de Carreteras de Andalucía.
• El informe de los estudios, planes y proyectos en materia de carreteras que afecten a la Comunidad Autónoma.
• La evaluación y seguimiento de las actividades de su competencia encomendadas de acuerdo con la legislación de régimen jurídico de la Administración de la Junta de Andalucía, así como las que sean objeto de encargo por el titular de la Consejería por la Ley de Contratos del Sector Público.
• Las que establece el D Andalucía 208/1999
• La planificación y desarrollo de las infraestructuras relacionadas con el uso de la bicicleta integradas en la red de carreteras de la Junta de Andalucía.
• La propuesta, ejecución y seguimiento de los convenios de colaboración, cooperación y conciertos referentes a la actividad de la Consejería, dentro de su ámbito competencial.
• Cualesquiera otras que resulten necesarias para el ejercicio de sus competencias.
Dirección general de movilidad
Funciones:
• La elaboración de planes y programas de la Comunidad Autónoma, en el marco de la planificación general de transportes y movilidad que establezca la Secretaría General de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio, así como su desarrollo y seguimiento.
• La elaboración de normas y la redacción de estudios y planes, así como las tareas de coordinación que permitan definir la política de transporte a partir de las necesidades de la población en los distintos ámbitos territoriales andaluces y de sus características en materia de género, todo ello con criterios de sostenibilidad y accesibilidad. La elaboración de planes y programas de infraestructuras ligadas al transporte de la Comunidad Autónoma en el marco de la planificación general de infraestructuras establecido por la Consejería; así como su desarrollo y seguimiento.
• La gestión y desarrollo de la Red de Áreas Logísticas de Andalucía, en el marco de la planificación general de la Consejería, y el impulso de la intermodalidad en aquellas.
• El impulso y planificación del uso de la bicicleta. El desarrollo y ejecución de la Red Autonómica de Vías Ciclistas mediante programas relacionados con el Plan Andaluz de la Bicicleta en el ámbito rural, para la creación de itinerarios ciclistas de medio y largo recorrido, y las complementarias de infraestructuras tranviarias y metropolitanas para el fomento de la intermodalidad.
• La ordenación de los servicios de transporte por carretera, ferroviario, por cable y otros modos que correspondan de acuerdo con la normativa vigente.
• La programación, promoción y fomento de actividades de educación y sensibilización sobre la movilidad sostenible, a través de actividades de estudio, divulgación, formación y otros.
• La gestión, explotación e inspección de los servicios de transporte por carretera, ferroviarios, por cable y otros que le correspondan de acuerdo con la legislación vigente.
• El establecimiento e imposición de obligaciones de servicio público en la prestación de los servicios de transporte por ferrocarril y carretera, así como, en su caso, la determinación de las correspondientes compensaciones, y la tramitación, adjudicación, modificación y extinción de los oportunos contratos de gestión de servicios públicos u otros instrumentos mediante los que se hubiese formalizado su contenido.
• La programación y ejecución de las inversiones en materia de movilidad. En especial la construcción, conservación, explotación e inspección de las infraestructuras ligadas al transporte por carretera y ferroviario.
• La gestión administrativa de cuantos asuntos se deriven de la aplicación de la normativa vigente en materia de transportes y de movilidad.
• La dinamización, desarrollo y coordinación de las actividades del Observatorio Andaluz de la Movilidad Sostenible y la Logística y el apoyo técnico al mismo.
• El impulso y coordinación de los Consorcios de Transportes en las diversas áreas territoriales de Andalucía en ejercicio de las competencias de la Consejería delegadas en dichos entes.
• Las funciones atribuidas a la Comunidad Autónoma en materia de puertos y aeropuertos.
• La emisión del informe autonómico previsto en el artículo 13 del Reglamento de los Servicios de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles de Turismo, aprobado por el Decreto 35/2012, de 21 de febrero.
• La evaluación y seguimiento de las actividades de su competencia encomendadas de acuerdo con la legislación de régimen jurídico de la Administración de la Junta de Andalucía, así como las que sean objeto de encargo por el titular de la Consejería por la Ley de Contratos del Sector Público.
• La propuesta, ejecución y seguimiento de los convenios de colaboración, cooperación y conciertos referentes a la actividad de la Consejería, dentro de su ámbito competencial.
• Cualesquiera otras que resulten necesarias para el ejercicio de sus competencias.
Dirección general de urbanismo
Funciones:
• El impulso y fomento de la sostenibilidad urbana y el desarrollo de acciones para un urbanismo más eficiente e inteligente, en el marco de la Agenda Urbana de Andalucía.
• El desarrollo normativo en materia de urbanismo y sostenibilidad urbana, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos administrativos.
• El fomento, seguimiento y control de la actividad urbanística, así como la tramitación de la aprobación definitiva de los planes que corresponda a la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de las competencias de las entidades locales.
• El ejercicio de las facultades urbanísticas inherentes a la política de suelo y del Patrimonio Autonómico de Suelo establecidas en la legislación urbanística.
• La elaboración y tramitación de los instrumentos de la ordenación urbanística de competencia autonómica.
• La cooperación con las entidades locales en materia de ordenación, gestión y ejecución urbanística.
• El establecimiento de directrices para la coordinación de los órganos colegiados territoriales con competencias en materia urbanística.
• El control y la custodia de los registros que en materia urbanística sean competencia de la Junta de Andalucía.
• Realizar las propuestas de impugnación jurisdiccional de los actos o acuerdos de las entidades locales que infrinjan el ordenamiento urbanístico o territorial, cuando su objeto sea la aprobación de cualquier instrumento de ordenación urbanística, sin perjuicio de los que la legislación haya atribuido a otros órganos de la Administración.
• La propuesta, ejecución y seguimiento de los convenios de colaboración, cooperación y conciertos referentes a las actividades de la Consejería, dentro de su ámbito competencial.
• Cualesquiera otras que resulten necesarias para el ejercicio de sus competencias.
Órganos adscritos:
– Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA);
– Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía (AOPJA);
– Agencia Pública de Puertos de Andalucía (APPA);
– Sociedad Red Logística de Andalucía, S.A., adscrita a la Agencia Pública de Puertos de Andalucía;
– Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Almería;
– Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz;
– Consorcio de Transporte Metropolitano del Campo de Gibraltar, del área de Córdoba, de Granada, de la Costa de Huelva, del área de Jaén, Málaga y Sevilla;
– Consorcio Centro de Transportes de Mercancías de Málaga, adscrito a la Agencia Pública de Puertos de Andalucía; y
– Laboratorios de ensayos de control de calidad de la construcción y obra pública, el Parque del Alamillo y el Parque Metropolitano Marisma de Los Toruños y Pinar de la Algaida.
Órganos colegiados
– Observatorio de la Vivienda de Andalucía;
– Comisiones Provinciales de Vivienda;
– Comisión de Carreteras de Andalucía;
– Observatorio Andaluz de la Movilidad Sostenible y la Logística;
– Consejo de Transportes de Andalucía;
– Consejos Provinciales de Transportes;
– Consejo Andaluz del Taxi;
– Comisión de Seguimiento del Plan Andaluz de la Bicicleta;
– Comisión Estadística y Cartográfica;
– Consejo Andaluz de Ordenación del Territorio y Urbanismo;
– Comisiones Territoriales de Ordenación del Territorio y Urbanismo;
– Comisiones Provinciales de Coordinación Urbanística; y
– Observatorio Territorial de Andalucía.

2. Consejería de turismo, regeneración, justicia y administración local.
3. Consejería de agricultura, ganadería, pesca y desarrollo sostenible. Se le atribuyen las competencias que tenía asignadas las Consejería de agricultura, pesca y desarrollo rural y las asignadas a la consejería de medio ambiente y ordenación del territorio en materia de medio ambiente y agua. Se le adscribe la Agencia de medio ambiente y agua de Andalucía y la Fundación para el desarrollo sostenible de Doñana y su entorno-Doñana 21.

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