Obligación de autoliquidar en el IRPF de Araba a consecuencia del COVID-19 (RF 50/20 08 de Diciembre de 2020 al 14 de Diciembre de 2020)

Se modifican los límites cuantitativos que determinan la obligación de autoliquidar en el IRPF.

Nuevas medidas en el IRPF de Araba a consecuencia del COVID-19 (RF 50/20 08 de Diciembre de 2020 al 14 de Diciembre de 2020)

Se aprueban medidas tributarias para apoyar al contribuyente y a la actividad económica tan perjudicada por la crisis, y se prorrogan para el ejercicio 2021 algunas de las medidas ya aprobadas para el 2020.

Medidas adicionales en el IRPF de Araba a consecuencia del coronavirus (RF 42/20 13 de Octubre de 2020 al 19 de Octubre de 2020)

Se declaran exentas las cantidades percibidas en concepto de ingreso mínimo vital, se establece la calificación de las prestaciones por cese de actividad para los afectados por la declaración del estado de alarma ocasionada por el coronavirus y se exonera del pago fraccionado correspondiente al 2020 a los contribuyentes que ejerzan actividades económicas.