Debido a la prórroga del estado de alarma, se amplían nuevamente los plazos para la presentación y pago de algunos impuestos y tributos en el territorio de esta comunidad autónoma.
Se actualizan los coeficientes multiplicadores del valor catastral de inmuebles situados en algunos de los municipios de reducido tamaño recogidos en el Anexo II de la Orden Galicia 28-12-2015 a efectos del ITP y AJD e ISD, los cuales resultan aplicables a los hechos imponibles devengados desde el 1-1-2020.
La prórroga del estado de alarma implica la adaptación de las medidas adoptadas en relación con los plazos de presentación y pago del ITP y AJD e ISD en el territorio de esta comunidad autónoma.
El hecho de que el bien haya sido transmitido en un procedimiento de ejecución hipotecaria, no se puede identificar con la inexistencia de plusvalía gravable.
Se convalidan los dos Decretos Ley Forales que, ante la situación generada por la evolución del Covid-19, han adoptado medidas en materia tributaria para suspender o aplazar obligaciones tributarias, con la finalidad de prevenir un impacto negativo sobre los contribuyentes y se amplían los plazos de gestión en al ámbito local.
La deducción por inversión en vivienda habitual resulta aplicable a un contrato de adhesión firmado con una cooperativa de viviendas, en virtud del cual el socio asume el compromiso de adquirir la propiedad de la vivienda mediante el ejercicio de la opción de compra, siendo las cantidades abonadas a cuenta del pago de la citada vivienda.
La tesorería e inversiones financieras a corto plazo procedentes de dividendos percibidos por la participación en entidades en un porcentaje superior al 5%, no se consideran elementos afectos.