Modificación del tipo en TPO en Madrid
Se modifica el tipo impositivo aplicable a inmuebles por el concepto TPO en la Comunidad de Madrid.
Se modifica el tipo impositivo aplicable a inmuebles por el concepto TPO en la Comunidad de Madrid.
Con efectos a partir del 1-1-2014, se modifican los tipos de gravamen aplicables en la modalidades de TPO y AJD en determinados supuestos de adquisición de la vivienda habitual con cargo a la sociedad de gananciales. También se fijan nuevos tipos para el gravamen por TPO de las adquisiciones de viviendas que vayan a ser objeto de inmediata rehabilitación, y para el gravamen por AJD de determinados documentos notariales formalizados por sociedades de garantía recíproca.
La ley que recoge las medidas fiscales y administrativas para el año 2014 en esta Comunidad Autónoma mantiene sin cambios la regulación del ITP y AJD.
Con efectos a partir del 31-12-2013, se perfecciona la redacción del tipo de gravamen del 2% aplicable a las primeras copias de las escrituras públicas que formalicen la primera transmisión de bienes inmuebles, para reforzar la seguridad jurídica de quienes deban aplicar este tipo de gravamen.
Se establecen dos nuevas bonificaciones aplicables a la modalidad AJD y se recogen de manera expresa a los vehículos mixtos adaptables a efectos de la aplicación de los diferentes tipos de gravamen de la modalidad TPO del impuesto.
La misma deducción que se venía aplicando a la constitución y modificación de préstamos y créditos hipotecarios en las casos de adquisiciones de locales de negocios se extiende a las operaciones de arrendamiento financiero.
Con efectos 1-1-2014 se reduce en Madrid el tipo de gravamen aplicable a la cuota gradual de documentos notariales de AJD.
Se modifica durante el año 2014 el tipo de gravamen reducido en la modalidad de AJD para la adquisición y financiación de viviendas medias.
Se actualiza la escala que grava la transmisión y rehabilitación de grandezas y títulos nobiliarios.
Se aprueba la Orden que afecta a la presentación de la autoliquidación del ITP y AJD en relación con la transmisión de bienes muebles para su reventa por empresarios y profesionales.
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