Interrupción del plazo de prescripción para sancionar por causa interrelacionada con actuación punible penalmente

El cómputo del plazo de prescripción para ejercer el poder disciplinario comienza cuando la empresa tiene un conocimiento pleno y cabal de la conducta sancionable interrelacionada con la actuación penal de los trabajadores, aunque la empresa no plantee denuncia o querella por dicha causa. Desconociendo la empresa los motivos exactos de la detención y estando en marcha una instrucción penal, el plazo de prescripción se interrumpe durante todo el período en que los trabajadores estén en prisión provisional, reiniciándose el cómputo con su puesta en libertad. Durante el período de prisión provisional la relación laboral puede quedar suspendida con reserva de puesto de trabajo. En tal supuesto cabe imponer sanciones disciplinarias siempre y cuando el empresario conozca con suficiente precisión los hechos que imputa en relación con la causa penal.

Efectos del ejercicio simultáneo de los cargos de administración societaria y las funciones propias de la alta dirección

Cuando se realizan simultáneamente actividades propias del órgano de administración y de la alta dirección, la relación entre las partes debe calificarse exclusivamente según la naturaleza del vínculo, como mercantil o como laboral. Sin embargo, cuando la relación laboral es de carácter común se admite su desempeño simultáneo con el ejercicio de la administración societaria

Despido improcedente de una artista

Es improcedente el despido de una violonchelista a la que, tras dos años de actividad profesional, se le condiciona la conversión de su contrato en indefinido a realizar una prueba artística, y se le cesa en base a razones genéricas e imprecisas, referidas a su estética o conducta personal, pero sin tacha alguna de su profesionalidad, capacidad técnica, instrumental, o conducta respecto al grupo.

Modificación de las ventas a distancia y de la compraventa fuera de establecimiento mercantil

Nueva regulación de la venta a distancia y compraventa fuera de establecimiento mercantil

Extinción del contrato de colaboración social suscrito para actividad normal y permanente de la Administración Pública

Cuando el contrato de colaboración social se celebra para desarrollar una actividad normal y permanente de la Administración Pública durante más de dos años, sin que se haya justificado ningún hecho determinante de temporalidad, no juega la exclusión de laboralidad y su extinción constituye un despido improcedente.

Derecho de protección de datos y contrato de trabajo

Es abusiva una cláusula del contrato de trabajo por la que la empresa solicita el móvil y el correo electrónico de los trabajadores para comunicaciones relativas a la relación laboral.

Calificación del accidente de trabajo in itinere desde el domicilio familiar durante los fines de semana

El accidente sufrido en el desplazamiento entre el domicilio familiar y el lugar de trabajo, situado en otro provincia, se considera accidente in itinere al entenderse que el trayecto hacia el trabajo puede tener su origen en su domicilio familiar o en el del lugar de residencia donde permanece entre semana por motivos laborales.

Extinción de contrato indefinido no fijo por amortización de plaza con derecho a indemnización

Aunque la extinción de un contrato indefinido no fijo por amortización de plaza sea legítima, procede una indemnización equivalente a la de los contratos temporales.

Realización de horas complementarias en el contrato a tiempo parcial

Flexibilización del régimen de horas complementarias en el contrato a tiempo parcial, reduciéndose el plazo de preaviso para su realización e incrementándose el número de horas complementarias que pueden realizarse. Se distingue entre horas complementarias pactadas, de realización obligatoria para el trabajador cuando haya firmado el preceptivo pacto, y voluntarias, que únicamente pueden ser ofrecidas por la empresa en los contratos que tengan una duración indefinida.
Solo cabe la realización de horas complementarias si la jornada ordinaria establecida en el contrato es de al menos 10 horas semanales, en cómputo anual.