Novedades en el DUA (RF 14/22 05 de Abril de 2022 al 11 de Abril de 2022)
Con efectos 7-4-2022 se introducen modificaciones en la normativa que regula el documento único administrativo
Con efectos 7-4-2022 se introducen modificaciones en la normativa que regula el documento único administrativo
Con efectos a partir del 31-3-2022, se crean nuevas deducciones por la acogida de personas desplazadas y por donaciones efectuadas con motivo de la invasión rusa en Ucrania, y se incrementa la cuantía de base imponible total que opera como límite para la aplicación de algunas de las deducciones existentes.
Con efectos a partir del 19-3-2022, se aprueba el modelo de declaración del Impuesto para el ejercicio 2021 y se determina el lugar, forma y plazos para su presentación, así como el procedimiento para la obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración.
Se incorporan novedades en relación con las sociedades patrimoniales, los gastos no deducibles, las reglas de valoración, las operaciones vinculadas, la compensación para fomentar la capitalización empresarial, la reserva especial para nivelación de beneficios, la cuota efectiva y tributación mínima, las deducciones, los regímenes especiales y el régimen de disolución y liquidación de determinadas SICAV.
Se regula de una manera más amplia y clara la tributación de los derechos económicos de carácter especial percibidos de determinadas entidades de inversión de tipo cerrado. En cuanto a los rendimientos provenientes de la distribución de la prima de emisión de acciones o participaciones, se precisa la redacción y se clarifica su interpretación.
Con efectos desde el 1-1-2022, se crean dos nuevas deducciones por arrendamiento de vivienda habitual y para mujeres trabajadoras.
Con efectos para los hechos imponibles producidos a partir de 1-1-2021, se aprueban nuevas deducciones de la cuota íntegra autonómica y se modifica la deducción por arrendamiento de vivienda habitual por menores de 36 años.
Con efectos 1-1-2022 se establece una nueva regulación en la que se mantienen criterios, como la necesidad de diferenciar entre usos domésticos y usos industriales y la existencia de una cuota fija y otra variable, pero se introducen cambios para reducir la cuota fija del impuesto, aplicar mayores criterios de progresividad en la cuota variable para los usos domésticos o asimilados, o establecer nuevas medidas que eliminen efectos indeseados por la tarificación progresiva.
Se incorporan novedades en relación con las sociedades patrimoniales, la corrección de la doble imposición en rentas obtenidas por la transmisión de la participación en entidades, la consideración de microempresa, pequeña y mediana empresa, la pérdida por deterioro de valor de elementos patrimoniales, las operaciones vinculadas, las exenciones, las deducciones y los regímenes especiales.
Entre las medidas aprobadas destacan la revisión de las reglas de imputación de rentas para el caso de percepción de ayudas públicas para jóvenes agricultores, la aprobación de la exención para actuaciones derivadas del Fondo de recapitalización de empresas afectadas por el COVID-19 y de un nuevo régimen especial de retribuciones específicas en el ámbito del emprendimiento, así como la modificación de la deducción por inversión en microempresas, PYMES de nueva o reciente creación, innovadoras o vinculadas con la economía plateada.
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