Aplicación del régimen transitorio de ganancias patrimoniales en elementos de titularidad compartida

En caso de titularidad compartida de un elemento patrimonial por ambos cónyuges, el límite de 400.000 euros para aplicar la reducción a la ganancia patrimonial obtenida en la transmisión de ese elemento se aplica de forma individual para cada uno de los cónyuges, siendo el valor de transmisión a tener en cuenta el que corresponda a cada uno en función de su porcentaje de titularidad en dicho elemento.

Exención en el IP de las participaciones en entidades

A efectos del cómputo de las remuneraciones percibidas por el sujeto pasivo o por una de las personas integrantes del grupo de parentesco por el ejercicio efectivo de las funciones de dirección, que han de representar más del 50% de la totalidad de los rendimientos empresariales, profesionales y de trabajo personal, estos rendimientos han de entenderse netos.

Arrendamiento de inmuebles a título particular y en proindiviso

Las circunstancias que determinan que el arrendamiento de bienes inmuebles genere rendimientos del capital inmobiliario o rendimientos de actividades económicas deben valorarse de forma separada respecto de la actividad desarrollada por cada uno de los cónyuges sobre los bienes de los que sean únicos propietarios y respecto de la actividad desarrollada a través de comunidades de bienes, por compartir la propiedad de los inmuebles.

Regularizaciones derivadas de la cláusula suelo

La devolución de las cantidades pagadas de más por aplicación de la cláusula suelo no constituye renta sujeta al IRPF, pero sí obliga a regularizar la situación tributaria si esas cantidades formaron parte de la base de la deducción por inversión en vivienda habitual, puesto que se pierde el derecho a practicar la deducción sobre las mismas. La regularización se efectúa añadiendo las cantidades indebidamente deducidas por tal motivo a las cuotas líquidas del ejercicio en que procede la devolución, junto con los intereses de demora.

Reducción por inicio de actividad económica

La reducción por inicio de actividad económica no se aplica si en el año anterior a la fecha de inicio de la misma, en que el contribuyente no era residente en España, ejerció una actividad económica en el extranjero.

Intereses de demora derivados de devoluciones de ingresos indebidos por pagos fraccionados

En supuestos de ingresos indebidos de un pago fraccionado a cuenta del IS, el cómputo de intereses a favor del contribuyente debe efectuarse desde el mismo momento del ingreso. En definitiva, el dies a quo de los intereses de demora debe calcularse desde la fecha de ingreso de los pagos fraccionados por tratarse de auténticas devoluciones de ingresos indebidos, y no derivados de la normativa del tributo.