Se adapta la normativa de Bizkaia a la modificación llevada a cabo en la LIVA que incorpora al ordenamiento interno las reglas armonizadas de tributación en el impuesto de los acuerdos de venta de bienes en consigna.
Se adapta la normativa de Araba a la modificación llevada a cabo en la LIVA que incorpora al ordenamiento interno las reglas armonizadas de tributación en el impuesto de los acuerdos de venta de bienes en consigna.
Es el periodo de regularización del bien de inversión, el que debe tomarse como referencia para cuantificar los costes que sirven de base imponible en las operaciones entre entidades vinculadas.
En las entregas sucesivas de bienes en la que existe un único transporte intracomunitario, es necesario vincular el mismo a una de las entregas, permitiendo así que esta se encuentre exenta.
Existe discriminación en la normativa española según la cual los fondos de inversión no residentes resultan sujetos a una retención sobre los dividendos más gravosa que la establecida para los fondos de inversión residentes.
Se aprueba un nuevo modelo 126 de retención e ingreso a cuenta sobre rendimientos de capital mobiliario y rentas obtenidas por la contraprestación de cuentas en toda clase de institución financiera.
Para calcular la existencia de un incremento o de una disminución del valor de los terrenos, los gastos de urbanización soportados con posterioridad a la adquisición del terreno cuya posterior enajenación determina el hecho imponible, no deben considerarse como un mayor precio de adquisición puesto que se integran en el valor de los terrenos, como elemento del incremento de valor que se refleja en el precio de transmisión.