Novedades en Murcia
A partir del 11-7-2013, en las adquisiciones mortis causa desaparece la deducción para los sujetos pasivos encuadrados en el grupo II de parentesco.
A partir del 11-7-2013, en las adquisiciones mortis causa desaparece la deducción para los sujetos pasivos encuadrados en el grupo II de parentesco.
Con efectos a partir del 26-6-2013, se ha aprobado en Extremadura el Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado. En materia de ISD , la nueva regulación mantiene sin cambios las reducciones en la base imponible por adquisiciones lucrativas inter vivos y mortis causa aplicables hasta la fecha en esta Comunidad Autónoma.
Con efectos a partir del 26-6-2013, se ha aprobado en Extremadura el Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado. En materia de ISD , la nueva regulación mantiene sin cambios las reducciones en la base imponible por adquisiciones lucrativas inter vivos y mortis causa aplicables hasta la fecha en esta Comunidad Autónoma.
Si se adjudica a la viuda en pago de su usufructo universal bienes en pleno dominio, los herederos no tienen que practicar tanto la liquidación por la nuda propiedad como, en su día, por la extinción del usufructo, y se aplica la tarifa general del impuesto, no el tipo medio efectivo de gravamen.
Se analizan los pasos a seguir para la tributación en el ISD de la partición de una herencia con previa liquidación de la sociedad de gananciales, con la particularidad de que, como pago de la mitad de gananciales, se adjudican una parte de los bienes gananciales y otros bienes privativos del causante, en pleno dominio.
Se analizan los pasos a seguir para la tributación en el ISD de la partición de una herencia con previa liquidación de la sociedad de gananciales, con la particularidad de que, como pago de la mitad de gananciales, se adjudican una parte de los bienes gananciales y otros bienes privativos del causante, en pleno dominio.
Con efectos a partir del 1-3-2013, Galicia ha aprobado una nueva reducción en la base imponible en los supuestos de sucesiones o donaciones a hijos y descendientes de dinero destinado a la creación de una empresa o negocio.
Se corrige la tarifa del ISD vigente en Murcia desde el 1-1-2013.
En el año 2013, los descendientes o adoptados, cónyuges, ascendientes o adoptantes pueden aplicar una bonificación del 33% en la cuota tributaria derivada de adquisiciones mortis causa y de cantidades percibidas por beneficiarios de seguros sobre la vida, con el objetivo de avanzar progresivamente hasta alcanzar el 100% en el año 2015.
A partir del 1-1-2013, Castilla y León aprueba nuevas reducciones aplicables a las adquisiciones por sucesión y por donación, y deroga las bonificaciones existentes en el impuesto hasta dicha fecha.
Atención al cliente
Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.
Por teléfono
Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.
Envío gratis
Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).
Devoluciones
Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).