Modificación de la base imponible

La Agencia Tributaria ha publicado una nota informativa para aclarar la aplicación del RDL 4/2012 por el que se aprobó un programa de pago a proveedores de las Entidades locales.

Subrogación gratuita en posición deudora entre sociedades de un grupo fiscal

La novación subjetiva en un préstamo y el cambio de titularidad de una subvención de forma gratuita entre sociedades de un grupo fiscal tienen el mismo tratamiento que la condonación de deuda.

Subrogación gratuita en posición deudora entre sociedades de un grupo fiscal

La novación subjetiva en un préstamo y el cambio de titularidad de una subvención de forma gratuita entre sociedades de un grupo fiscal tienen el mismo tratamiento que la condonación de deuda.

Disolución de una sociedad para saldar la deuda con sus socios

La adjudicación de los bienes a los socios de una sociedad está sujeta a tributación, resultando determinante a efectos del ITP y AJD el valor otorgado a su participación.

Compraventa de inmovilizado entre empresas del grupo

La entidad que debe reflejar en sus cuentas anuales individuales el gasto por impuesto sobre beneficios y el correspondiente pasivo por impuesto diferido que se pone de manifiesto en la operación es la empresa que haya contabilizado el beneficio. No obstante, cada sociedad del grupo debe incluir en la memoria de las cuentas anuales, las diferencias permanentes y temporarias surgidas como consecuencia de la aplicación del régimen de consolidación fiscal, señalando para las temporarias el ejercicio en que se originaron y el momento en que se produce su reversión.

Impago de cantidades asimiladas a la renta

No procede la resolución del arrendamiento y el desahucio del inquilino, cuando este desconocía la existencia e importe de las cantidades asimiladas a la renta que estaba contractualmente obligado a pagar, por no habersele notificado con carácter previo.

Delimitación de la figura de alta dirección respecto de la de gerente de una sociedad

No toda prestación de servicio de gerencia, o de dirección de una empresa, da lugar a una relación laboral especial de alta dirección, sino que hay que analizar en cada supuesto y considerando, incluso a la vista del organigrama de la misma, si se trata de una relación ordinaria, de una relación especial o, incluso, de una relación de tipo mercantil.