Las mercancías recibidas sin la transferencia de los riesgos y beneficios inherentes a su propiedad no son existencias finales, y por tanto no influyen ni en el resultado contable ni en la base imponible del ejercicio de su recepción.
La Agencia Tributaria ha publicado una nota informativa para aclarar la aplicación del RDL 4/2012 por el que se aprobó un programa de pago a proveedores de las Entidades locales.
Las mercancías recibidas sin la transferencia de los riesgos y beneficios inherentes a su propiedad no son existencias finales, y por tanto no influyen ni en el resultado contable ni en la base imponible del ejercicio de su recepción.
La novación subjetiva en un préstamo y el cambio de titularidad de una subvención de forma gratuita entre sociedades de un grupo fiscal tienen el mismo tratamiento que la condonación de deuda.
La novación subjetiva en un préstamo y el cambio de titularidad de una subvención de forma gratuita entre sociedades de un grupo fiscal tienen el mismo tratamiento que la condonación de deuda.
El carácter cerrado de la SRL impide interpretar la renuncia al derecho de adquisición preferente de forma excesivamente genérica, más allá del marco objetivo y temporal previsto estatutariamente.
La adjudicación de los bienes a los socios de una sociedad está sujeta a tributación, resultando determinante a efectos del ITP y AJD el valor otorgado a su participación.
La entidad que debe reflejar en sus cuentas anuales individuales el gasto por impuesto sobre beneficios y el correspondiente pasivo por impuesto diferido que se pone de manifiesto en la operación es la empresa que haya contabilizado el beneficio. No obstante, cada sociedad del grupo debe incluir en la memoria de las cuentas anuales, las diferencias permanentes y temporarias surgidas como consecuencia de la aplicación del régimen de consolidación fiscal, señalando para las temporarias el ejercicio en que se originaron y el momento en que se produce su reversión.
No procede la resolución del arrendamiento y el desahucio del inquilino, cuando este desconocía la existencia e importe de las cantidades asimiladas a la renta que estaba contractualmente obligado a pagar, por no habersele notificado con carácter previo.
No toda prestación de servicio de gerencia, o de dirección de una empresa, da lugar a una relación laboral especial de alta dirección, sino que hay que analizar en cada supuesto y considerando, incluso a la vista del organigrama de la misma, si se trata de una relación ordinaria, de una relación especial o, incluso, de una relación de tipo mercantil.