La exención en el ITP y AJD se aplica tanto a la transmisión de los activos procedentes de las entidades financieras, como a las operaciones de gestión y administración de los mismos, entre las que se encuentran las operaciones de dación de pago, ejecución de garantías o compraventas por un tercero deudor de ese activo, cuando ha sido previamente transmitido al SAREB el crédito impagado.
La realización habitual de las operaciones de financiación y de seguros realizadas por la entidad holding son consideradas como actividad principal y no accesoria, lo que conlleva a que los ingresos recibidos por esto deban incluirse en el denominador de la prorrata y la existencia de sectores diferenciados en la entidad.
Gestión de los polígonos de actuación cuando la ejecución de varias actuaciones urbanísticas de gestión integrada requiera la ejecución previa o simultánea de una infraestructura común a todas ellas.
En caso de que se produzca el cierre de facto de una cooperativa sin haber pagado sus deudas, para poder imputar responsabilidad a los miembros de su consejo rector no es suficiente con acreditar la existencia de dicho cierre, sino que es preciso, además, probar que de haberse realizado la correcta disolución y liquidación de la cooperativa, el acreedor habría podido cobrar su crédito, total o parcialmente.
Las empresas no pueden mermar las expectativas laborales de las mujeres como consecuencia de las bajas por embarazo de riesgo o por maternidad que deben ser compatibles con la conservación de derechos profesionales.
Una vez desaparecida la vinculación, la pérdida por deterioro es deducible si cumple los requisitos previstos, como el transcurso de más de seis meses desde el vencimiento de la obligación de devolver el préstamo, y que se haya registrado contable.
Existe obligación de practicar retención si el arrendamiento del camión no constituye el objeto de la actividad económica de la arrendadora, y ambas sociedades no forman parte de un grupo fiscal.
La pensión pagada por Holanda a una persona física residente fiscal en España por su trabajo en una empresa privada en Holanda no se puede someter a imposición en dicho país, y resulta sujeta y exenta del IRPF en España, siempre que la incapacidad reconocida pueda equipararse a la incapacidad absoluta o gran invalidez y que la entidad pagadora se considere sustitutoria de la Seguridad Social española.