La nueva regulación pretende acomodarse a las previsiones legales surgidas con posterioridad a la inicial regulación del mencionado registro respecto a los requisitos que han de cumplir los apoderamientos, en sus distintas modalidades, para poder ser inscritos en los registros electrónicos de las diferentes administraciones públicas, así como respecto de la necesaria incorporación al referido registro electrónico de los apoderamientos que se efectúen dentro de su ámbito competencial.
Nueva regulación de los supuestos, régimen y condiciones en que deben practicarse las notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos en el ámbito de la Administración de la Seguridad Social.
Desde el 21-6-2015, está en vigor el nuevo reglamento de las ETT, que deroga el hasta ahora vigente del año 1995, y adecúa y actualiza su contenido a los cambios introducidos en la LETT durante 2013 y 2014, fundamentalmente en lo relativo al régimen de autorización administrativa para el desarrollo de la actividad constitutiva de ETT. Destaca como principal novedad la implantación de la administración electrónica tanto para los trámites del procedimiento de autorización como, posteriormente, para el cumplimiento de las obligaciones de información.
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