4 Con efectos desde el 1-5-2020, se introducen las siguientes novedades en la aplicación del ITP y AJD en esta comunidad autónoma que afecta a varias modalidades:1) Transmisiones patrimoniales onerosas. Se aprueban las siguientes medidas:a) Tipo reducido. Se aprueba un […]
Con efectos a partir del 30-4-2020, se amplían los supuestos en que los trabajadores por cuenta propia que hubieran estado previamente integrados en un régimen de la Seguridad Social como tal, o en un régimen de mutualismo alternativo a esta, pueden solicitar la disposición anticipada de los derechos consolidados de planes de pensiones, y se establece la documentación a aportar y el importe máximo de los derechos consolidados que pueden percibir.
Se refuerza la protección de los trabajadores fijos-discontinuos, ampliando la cobertura regulada en el RDL 8/2020, a aquellas personas trabajadoras que no hayan podido reincorporarse a su actividad en las fechas previstas, como consecuencia del COVID-19 y que, o bien disponiendo de periodos de ocupación cotizada suficiente, no cumplen el requisito de situación legal de desempleo, o bien no pueden acceder a la prestación por desempleo por carecer del periodo de cotización necesario para acceder a dicha prestación.
Se reforman los requisitos para la inclusión en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, suprimiéndose aquellos requisitos vinculados a rentas de trabajo y excluyéndose las actividades complementarias de la realización de labores agrarias.
Desde el 23-4-2020, están en vigor una serie de nuevas medidas tendentes a evitar los problemas que podrían derivarse de la pérdida de validez de determinados certificados preceptivos mientras se mantiene esta situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, con el consiguiente perjuicio a los trabajadores del mar y empresas del sector marítimo pesquero.
Simplificación del procedimiento de resolucion de aplazamiento de cotizaciones, se fija un criterio homogéneo para su amortización y se establece el efecto de la solicitud hasta la resolucion del procedimiento.
Se prorroga el carácter preferente del trabajo a distancia frente a la cesación temporal o reducción de la actividad, que mantendrá su vigencia hasta 3 meses después del fin de la vigencia del estado de alarma. La misma prórroga se establece para la concreción mediante trabajo a distancia del derecho a la adaptación de la jornada por deberes de cuidado por circunstancias excepcionales relacionadas con el COVID-19.
Se establecen las normas que hay que seguir para hacer disponibles los derechos consolidados en planes de pensiones, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y mutualidades de previsión social, en supuestos de desempleo o cese de actividad derivados de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus
Se introducen nuevas infracciones laborales aplicables a las empresas que presenten solicitudes fraudulentas para la obtención de ERTE, con el propósito de impedir el aprovechamiento ilícito de los mecanismos de protección social establecidos por la legislación de urgencia
Se suspenden los plazos de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, salvo en los supuestos en que su intervención sea necesaria para garantizar la protección del interés general o por estar relacionados con el Covid-19