La DGT se pronuncia sobre diversas cuestiones relacionadas con la deducción, destacando las relativas a las actividades que generan el derecho a su aplicación, la obtención del certificado y la reinversión.
Entre las medidas adoptadas, destacan las siguientes: se señala el plazo de presentación e ingreso de las autoliquidaciones; se regula el pago fraccionado a efectuar durante 2020; se modifica el límite para la compensación de bases imponibles negativas; se amplía la regla general de gastos aplicable por las microempresas; se incrementa la deducción por creación de empleo; se establece la amortización acelerada para los elementos del inmovilizado material nuevos que se adquieran entre el 8-6-2020 y el 31-1-2020 y se crean dos nueva deducciones.
Entre otras medidas, se flexibilizan y aumentan los límites máximos para la dotación de la reserva especial para la nivelación de beneficios; se crea una deducción extraordinaria por inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas; se fortalece la deducción de empleo; se flexibiliza la deducción por participación en la financiación de proyectos de I + D e IT; se exime del pago fraccionado de 2020 a las entidades que hayan visto reducido significativamente su volumen de operaciones y se permite amortizar de forma acelerada los elementos patrimoniales nuevos adquiridos durante 2020.
Para apoyar la transformación digital del pequeño comercio hacia el comercio electrónico, se aprueba un incentivo fiscal, aplicable exclusivamente para 2020, destinado a personas físicas, microempresas y pequeñas empresas, que se dedican al comercio minorista: una deducción del 30%, con ciertos límites, sobre los costes de inversión en sistemas informáticos para implantar el comercio electrónico.
Se regulan varias medidas que afectan al IS. La mayoría de ellas consisten en una ampliación de plazos en relación con aquellos recogidos en la normativa vigente, que será de aplicación cuando estos últimos finalicen, en general, en el año 2020.
Se establece una deducción extraordinaria a aplicar en la declaración del IS del 2019, que permite a los contribuyentes que acrediten una reducción sustancial de su actividad o rendimientos, disponer de hasta el 60% de la cuota efectiva del impuesto para las siguientes finalidades: compensación de las pérdidas producidas en 2020, realización de inversiones en activos nuevos, realización de proyectos de I+D o IT o financiación de los realizados por otros contribuyentes, creación de empleo y fomento del emprendimiento en microempresas, pequeñas o medianas empresas.
Se regulan varias medidas que afectan al IS. La mayoría de ellas consisten en una ampliación de plazos en relación con aquellos recogidos en la normativa vigente, que será de aplicación cuando estos últimos finalicen, en general, en el año 2020.
39 Las medidas introducidas en el IS para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus son las siguientes:a) Ampliación de los plazos de reinversión de beneficios extraordinarios y de materialización de la reserva especial para inversiones:- se […]
21 Las medidas introducidas en el IS como consecuencia del coronavirus son las siguientes:a) Libertad de amortización y amortización acelerada para elementos del inmovilizado en construcción: se amplía en 12 meses adicionales, cuando venza en 2020, el plazo de 12 […]