Aumento de capital: aportación no dineraria
Las sociedades constituidas no pueden, como tales, ser objeto de una aportación no dineraria en un aumento de capital. La aportación debe ser de acciones o participaciones concretas.
Las sociedades constituidas no pueden, como tales, ser objeto de una aportación no dineraria en un aumento de capital. La aportación debe ser de acciones o participaciones concretas.
Se modifica en Araba el régimen de consolidación fiscal destacando la regulación de la entidad representante del grupo fiscal, el tratamiento aplicable en la determinación de la base imponible del grupo si se integran nuevas entidades que han aplicado correcciones al resultado contable y tienen pendientes de aplicar deducciones, incrementos de base imponible o inversiones pendientes de materialización y las previsiones en relación a los grupos en los que la dominante es no residente
Se modifican dos de los supuestos en los que se considera que no existe ganancia o pérdida patrimonial: transmisión lucrativa de empresas o participaciones en favor del cónyuge, pareja de hecho, ascendientes o descendientes y transmisión de empresas o participaciones en favor de personas trabajadoras
Atención al cliente
Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.
Por teléfono
Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.
Envío gratis
Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).
Devoluciones
Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).