Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2013, se aprueban nuevas reglas para el cálculo de la amortización de vehículos automóviles de turismo, remolques, ciclomotores, motocicletas, embarcaciones o buques de recreo o de deportes náuticos y aeronaves.
Se modifica la normativa reguladora del IRPF en Gipuzkoa, destacando la limitación de la exención de las indemnizaciones por despido o cese, de los rendimientos irregulares a los que se aplican porcentajes de integración inferiores al 100%, de la deducibilidad de determinados gastos en la determinación del rendimiento de actividades económicas en estimación directa y del rendimiento neto del capital inmobiliario, y la modificación de las reglas de integración y compensación de rentas en la base imponible general.
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2013, se introducen dos nuevos supuestos de gastos no deducibles. También se limita la deducibilidad de los gastos relacionados con determinados vehículos y los de promoción y relaciones públicas de la empresa.
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