Cuando existan indicios suficientes de que ha caducado el procedimiento sancionador, el tribunal sentenciador puede y debe proceder de oficio a su análisis y resolución, sin necesidad de que haya sido alegada por alguna de las partes, previo trámite de audiencia.
El gasto generado no es deducible al considerarse una donación, pero genera derecho a aplicar una deducción en la cuota íntegra si se trata de una donación, irrevocable, pura y simple
Se aprueba el modelo 238 declaración informativa para la comunicación de información por parte de operadores de plataformas junto con los correspondientes diseños de registro a través de los cuales se normaliza la información a suministrar.
Es nula una cláusula incluida en un pacto de no competencia postcontractual que permita a la empresa optar por no aplicarlo y, por tanto, no abonar la compensación fijada en el mismo pacto a favor del trabajador. El pacto recoge obligaciones bilaterales y recíprocas, cuyo cumplimiento no puede quedar al arbitrio de una de las partes.
El TEDH ha concluido que el despido de un trabajador por criticar la gestión de un superior vulnera su derecho a la libertad de expresión, siempre que, aunque expresadas en un lenguaje sarcástico, las críticas no impliquen descalificaciones personales gratuitas ni dañen la reputación de la empresa.
En caso de que, una vez rebasado el límite de 545 días de duración de la IT, se produzca una sucesión de entidad aseguradora de las contingencias comunes en la empresa, la obligada al abono del subsidio de IT hasta la calificación de la incapacidad permanente, es la entidad que asumió la protección de estas contingencias.
Negar a una trabajadora que fue despedida estando embarazada el derecho a percibir del Estado los salarios de tramitación fundamentándolo en la calificación como nulo de su despido, obedece a una interpretación rigorista, literal y formalista de la legalidad ordinaria contraria al derecho a la no discriminación por razón de sexo.
Se publica corrección de errores de la aplicación provisional del Acuerdo sobre transporte aéreo entre el Reino de España y la República de Chile con el fin de aclarar, que con la entrada en vigor del mismo, queda derogado el Convenio relativo a los servicios de transporte aéreo entre España y Chile de 17-12-1974, y cualquier otro documento que sobre la misma materia hayan celebrado ambas partes.