Restricciones de viajes a la UE y zona Schengen por COVID-19 (RS 17/22 26 de Abril de 2022 al 02 de Mayo de 2022)
Se prorrogan las restricciones hasta las 24:00 h del 15-5-2022.
Se prorrogan las restricciones hasta las 24:00 h del 15-5-2022.
Publicación del catálogo de ocupaciones de difícil cobertura para el segundo trimestre de 2022.
Desde el 9-4-2022, los menores de 12 a 18 años quedan exentos de la restricción si presentan una PCR o similar con resultado negativo realizada 72 horas antes de la salida, y no de la entrada como hasta entonces.
La Comisión de la UE anima a los Estados miembros al reconocimiento rápido y eficaz de las cualificaciones profesionales de los beneficiarios de la protección temporal, a fin de garantizar que puedan acceder a puestos de trabajo correspondientes a su nivel de cualificación.
Una vez superada la fase aguda de la pandemia y actualizadas las medidas de vigilancia y control a nivel nacional, procede modificar los controles en los puntos de entrada a España, permitiendo el uso alternativo del Certificado COVID digital de la UE o la utilización del código QR obtenido tras la cumplimentación del formulario de control sanitario, a través de SpTH.
La Comisión de la UE ha establecido algunas directrices para orientar a los Estados miembros en la aplicación de la protección temporal a las personas afectadas por el conflicto de Ucrania, que detallan quiénes están cubiertos o no, qué miembros familiares tienen derecho a la protección temporal, la documentación que acredita la nacionalidad ucrania, la forma de tratar a los menores, el derecho a circular libremente entre Estados miembros y los permisos de residencia, entre otros.
A partir del 24-2-2022, se admiten como válidos los certificados de recuperación basados no solo en PCR, sino también en pruebas rápidas de antígenos, para viajeros provenientes de países de riesgo y alto riesgo
Hasta el 31-3-2022, se posibilita la realización de viajes no esenciales a quienes estén en posesión de un certificado de recuperación, no de vacunación
Se establecen condiciones específicas de vacunación a la población menor de 18 años para entrar en la UE y zona Schengen.
A partir del 1-2-2022, la validez de las pruebas rápidas de antígeno incluidas en la lista común acordada por el Comité de Seguridad Sanitaria para entrar en España pasa de 48 a 24 horas.
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