Los plazos procesales y administrativos ante el TCo se encuentran suspendidos durante el estado de alarma y sus prórrogas. Cuando tal suspensión se levante, el cómputo de tales plazos en procesos constitucionales ya iniciados se realizará desde su inicio. Los plazos para la interposición de recursos se computan desde el día siguiente hábil al del levantamiento de la suspensión. Los días y horas inhábiles no sufren modificaciones, manteniéndose la inhabilidad de agosto para interponer recursos de amparo contra resoluciones judiciales y administrativas, sin perjuicio de la voluntaria presentación de escritos a través del registro electrónico.
Dentro de las medidas complementarias de carácter tributario en el ITP y AJD como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19, se recoge un beneficio fiscal en el AJD que afecta a las novaciones contractuales de los préstamos y créditos hipotecarios.
Se organiza el Tribunal Económico-Administrativo de la Junta de Andalucía como único órgano colegiado con competencia para conocer de las reclamaciones económico-administrativas que se produzcan en el ámbito de la gestión económico-financiera de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tras las las medidas procesales y organizativas adoptadas en el ámbito de la Administración de Justicia, el TCo acuerda las reglas aplicables al ambito de la jurisdicción constitucional.
Se modifica la estructura y competencias de la Tesorería General de la Seguridad Social y la estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social
El 6-10-2020 el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones asumirá las competencias en materia de reconocimiento, gestión y propuesta de pagos de las prestaciones, indemnizaciones, ayudas y anticipos derivadas del Régimen de Clases Pasivas del Estado, tal y como se establece en el Reglamento que desarrolla la estructura orgánica básica de dicho Ministerio. Aunque finalmente recaerá en el INSS, inicialmente se hará cargo de tal transferencia la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS) que recibirá asistencia jurídica del Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social
35 Con efectos a partir del 29-4-2020, la Administración puede comprobar el valor real de los bienes y derechos transmitidos o, en su caso, de la operación societaria o del acto jurídico documentado.No obstante lo dispuesto anteriormente, quedan excluidos de […]
33 Con efectos a partir del 29-4-2020, están exentos los arrendamientos de vivienda para uso estable y permanente en los términos previstos en la LAU art.2, es decir, para los arrendamientos de vivienda -entendida como una edificación habitable cuyo destino […]
34 Con efectos a partir del 29-4-2020, cuando se trate de escrituras de préstamo con garantía hipotecaria, se considera sujeto pasivo al prestatario.NF Gipuzkoa 18/1987 art.28 redacc NF Gipuzkoa 1/2020EDL 2020/10051 art.5.uno, BOTHG 28-4-20
20 Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2020:a) Se suprime la exención de las Autoridades Portuarias.b) Se sustituye la exención por una deducción de la cuota íntegra por inversiones realizadas por las Autoridades Portuarias, que tiene […]