Nueva tabla salarial para productores de obras audiovisuales y figurinistas (RS 26/23 27 de Junio de 2023 al 03 de Julio de 2023)
Se actualizan los importes de la tabla salarial para 2023 y 2024
Se actualizan los importes de la tabla salarial para 2023 y 2024
Desde el 1-1-2023 se incrementa su base mínima diaria de cotización por contingencias comunes como consecuencia del incremento de la citada base mínima mensual de cotización al RGSS.
Se establece el coeficiente a aplicar para determinar la cotización de la prestación especial por desempleo de las personas trabajadoras sujetas a la relación laboral especial de los artistas, en vigor a partir del 1-7-2023.
Desde el 1-1-2023 se incrementa su base mínima diaria de cotización por contingencias comunes como consecuencia del incremento de la citada base mínima mensual de cotización al RGSS.
Con entrada en vigor a fecha 1-1-2023, se actualiza la tabla salarial incrementando los salarios y honorarios en un 3 % e introduciendo retribuciones específicas para novilladas con rejones en plazas de tercera y cuarta categoría. Asimismo, se clasifica la plaza de toros de Istres (Francia) como de segunda categoría y se modifican las medidas de incentivo salarial existentes para favorecer la celebración de novilladas con y sin picadores en plazas de tercera y cuarta categoría en España.
Con efectos desde el 1-1-2023, durante los periodos de inactividad la base de cotización aplicable al artista que se mantenga voluntariamente en alta debe ser la base mínima vigente en cada momento, por contingencias comunes, correspondiente al grupo 7 de cotización del Régimen General (1.166,70 euros), y el tipo de cotización el 11,50 %.
Con efectos desde el 1-1-2023 se incrementan las bases de cotización a cuenta de los artistas
Se incrementa la base máxima de cotización por contingencias comunes
Se condonan las deudas de cotización de los músicos con contratos de menos de 5 días por gastos de manutención y gastos y pluses de distancia por desplazamiento desde su domicilio a la localidad donde se celebre el espectáculo siempre que: la deuda haya sido declarada por un pronunciamiento judicial firme que tenga causa en un procedimiento anterior al 13-10-2021 y no hayan transcurrido más de 5 años desde el acta de la ITSS.
Pese a su publicación en fecha posterior, desde el 27-5-2022 está vigente un nuevo convenio colectivo de aplicación en el sector taurino.
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