Se incrementan la base máxima de cotización por contingencias comunes y las bases de cotización a cuenta de los profesionales taurinos, y se determina cómo se ha de calcular la cotización adicional de solidaridad.
En tanto se apruebe la LPGE 2025, se mantiene la actual base de cotización reducida de 526,14 €/mes para los artistas autónomos con rendimientos iguales o inferiores a 3.000 €/año que hayan solicitado la aplicación de una base de cotización reducida por contingencias comunes.
Para determinar la cotización que corresponde efectuar por los trabajadores beneficiarios de la prestación especial por desempleo de los trabajadores con relación laboral especial de artistas, se debe aplicar el coeficiente reductor 0,20 a deducir de la cuota íntegra resultante. Y para el MEI, el tipo es el 0,80 % sobre la base de cotización por contingencias comunes (0,67 % a cargo del SEPE y 0,13 % a cargo de la persona beneficiaria del subsidio).
Se incrementan la base máxima de cotización por contingencias comunes, las bases de cotización a cuenta y la base de cotización durante los periodos de inactividad. También se fija la forma de calcular la cotización adicional de solidaridad.
Desde el 1-10-2024 las resoluciones de regularización anual de cotizaciones y de actualización del censo de activos de profesionales taurinos se tramitan como actuación administrativa automatizada (sin intervención de un empleado público), pudiéndose formular recurso de alzada contra ellas en el plazo de 1 mes ante la Dirección Provincial de la TGSS que corresponda al domicilio del responsable del pago o al domicilio del profesional taurino, respectivamente.
Desde el 1-10-2024 la emisión y notificación de la regularización anual para determinar la cotización definitiva al RGSS de los artistas, así como las resoluciones relativas a sus situaciones de inactividad, se efectúan como actuación administrativa automatizada (de forma electrónica sin la intervención de un empleado público), pudiéndose formular recurso de alzada contra dichas resoluciones en el plazo de 1 mes ante la Dirección Provincial de la TGSS que corresponda al domicilio del artista.
Con efectos desde el 1-1-2024 se incrementan los salarios y otros conceptos económicos de todos los grupos y categorías.
Para incrementar los niveles de participación en las elecciones a representantes de los trabajadores y así mejorar el sistema de representación del colectivo, desde el 23-5-2024 se reduce a 20 días la antigüedad mínima para ser elector y elegible en las elecciones para delegados de personal o miembros del comité de empresa.
Se modifica la tabla salarial del año 2024 para incluir la tabla relativa a la Actuación de dos matadores de toros en corridas de toros – 3 reses cada uno-, que por error se omitió en la publicación inicial de la misma el 27-1-2024, y su repercusión en los honorarios de los banderilleros, que son el colectivo afectado por la misma, dado que en las tablas solo se recoge el salario conjunto de la cuadrilla. Para evitar su fragmentación en distintos textos, la resolución que se publica contiene las tablas salariales de 2024 completas.