El plazo para presentar la autoliquidación del primer trimestre del 2018 del IGIC con resultado a ingresar por sujetos pasivos con forma de sociedad anónima o sociedad de responsabilidad limitada, se amplía hasta el 25-4-2018.
Una empresa no puede aplicar un horario partido distinto al del convenio, constituya o no una condición más beneficiosa, porque las mismas no se pueden establecer contra lo pactado en convenio. El empresario puede mejorar las condiciones de trabajo de sus trabajadores, previstas en la ley o en el convenio, siempre que esa concesión se encuentre en su poder de disposición.
Desde el 21-4-2018 están en vigor los nuevos contenidos mínimos de los programas de formación sanitaria específica de los trabajadores del mar que se adaptan a la evolución de las técnicas sanitarias y a las últimas reformas sobre dotación de botiquines a bordo.
El subcontratista no puede ser considerado agente de la edificación, a efectos de ejercitar contra él las acciones previstas en la LOE para exigir responsabilidad por vicios o defectos constructivos.
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2018, además de alguna modificación de carácter técnico en el régimen especial de las IIC, se introducen novedades en los régimenes especiales de las AIE españolas, consolidación fiscal y cooperativas
Se aprueba el nuevo modelo para la presentación de las cuentas anuales consolidadas en el Registro Mercantil, que incorpora la actualización de las especificaciones técnicas del soporte electrónico y la de los test de errores como consecuencia de los cambios registrados en la normativa.
Se aprueban los nuevos modelos para la presentación de las cuentas anuales en el Registro Mercantil, que incorporan la actualización de las especificaciones técnicas del soporte electrónico y la de los test de errores como consecuencia de los cambios registrados en la normativa en el tiempo transcurrido desde la promulgación de la anterior orden. Asimismo, se actualizan los test de errores para adaptar los de carácter obligatorio relativos a los periodos medios de pago.
Se aprueba el nuevo modelo para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas, en sustitución del modelo aprobado por la Orden JUS/470/2017.
Se aprueba el nuevo modelo para la presentación de las cuentas anuales consolidadas en el Registro Mercantil, que incorpora la actualización de las especificaciones técnicas del soporte electrónico y la de los test de errores como consecuencia de los cambios registrados en la normativa.