Para aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual no es necesario emplear en su totalidad el dinero obtenido de la venta de la anterior vivienda siendo suficiente con aplicar para el mismo fin dinero tomado a préstamo de un tercero, ya sea directamente o bien como consecuencia de la subrogación en un préstamo previamente contratado por el transmitente del inmueble.
Como principales novedades, desde el 1-1-2018, se modifica la escala autonómica, se mejora el mínimo por discapacidad de descendientes y se introducen nuevas deducciones autonómicas.
Si la nueva vivienda habitual en que se reinvierte se adquiere en los dos años anteriores a la transmisión de la actual vivienda habitual, no es preciso que los fondos obtenidos por la transmisión de esta sean directa, material y específicamente los mismos que los empleados para satisfacer el pago de la nueva. Por ello, no debe distinguirse entre que el importe invertido en la nueva vivienda estuviese a disposición del obligado tributario con anterioridad a la transmisión de la antigua o hubiese sido obtenido por causa de esa transmisión.
Además de las oportunas normas de carácter técnico con relación a las deducciones por inversión y rehabilitación en la vivienda habitual, se aprueba, en relación a la deducción en concepto de inversión por un ángel inversor por la adquisición de acciones o participaciones sociales de entidades nuevas o de creación reciente, un porcentaje específico de deducción en el caso de sociedades creadas o participadas por universidades o centros de investigación.
Además de las oportunas normas de carácter técnico con relación a las deducciones por inversión y rehabilitación en la vivienda habitual, se aprueba, en relación a la deducción en concepto de inversión por un ángel inversor por la adquisición de acciones o participaciones sociales de entidades nuevas o de creación reciente, un porcentaje específico de deducción en el caso de sociedades creadas o participadas por universidades o centros de investigación.
Forman parte de la base de deducción por inversión en vivienda habitual los gastos correspondientes a la segregación, disolución de condominio y distribución hipotecaria de una vivienda de la que se es copropietario, en proporción al porcentaje de titularidad en la vivienda que se ha segregado.
Forman parte de la base de deducción por inversión en vivienda habitual los gastos correspondientes a la segregación, disolución de condominio y distribución hipotecaria de una vivienda de la que se es copropietario, en proporción al porcentaje de titularidad en la vivienda que se ha segregado.
Forman parte de la base de deducción por inversión en vivienda habitual los gastos correspondientes a la segregación, disolución de condominio y distribución hipotecaria de una vivienda de la que se es copropietario, en proporción al porcentaje de titularidad en la vivienda que se ha segregado.
Se crea una nueva deducción de carácter temporal por adquisición de vivienda habitual de nueva construcción aplicable en los próximos cinco años y se prorrogan para el año 2012 las deducciones por inversión en obras de adecuación a la inspección técnica de construcciones y por inversión en obras de reparación y mejora en vivienda habitual, deducciones que sólo tenían vigencia para el año 2011. Además, se crea una deducción para el fomento del autoempleo de los autónomos que se han visto obligados a abandonar su actividad por causa de la crisis económica durante el 2012.