Reinversión en vivienda habitual con financiación ajena (RF 46/20 10 de Noviembre de 2020 al 16 de Noviembre de 2020)

Para aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual no es necesario emplear en su totalidad el dinero obtenido de la venta de la anterior vivienda siendo suficiente con aplicar para el mismo fin dinero tomado a préstamo de un tercero, ya sea directamente o bien como consecuencia de la subrogación en un préstamo previamente contratado por el transmitente del inmueble.