Obligaciones formales en el IMT (RF 08/21 23 de Febrero de 2021 al 01 de Marzo de 2021)
Se aprueba un nuevo modelo de solicitud de no sujeción, exención y reducción de la base imponible para su reconocimiento previo por parte de la Administración.
Se aprueba un nuevo modelo de solicitud de no sujeción, exención y reducción de la base imponible para su reconocimiento previo por parte de la Administración.
Se adapta el procedimiento de presentación y pago telemático de los impuestos gestionados por Extremadura.
Ampliación del plazo de presentación de declaraciones y autoliquidaciones con domiciliación de pago para contribuyentes afectados por la borrasca “Filomena”
Se actualizan las condiciones y requisitos generales para la presentación por vía telemática a la Hacienda Foral de declaraciones y autoliquidaciones, por los obligados tributarios.
Se aprueban en Araba los modelos 200 y 220 de autoliquidación del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en Araba para el período impositivo 2019.
Como consecuencia de las restricciones derivadas de la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, se extiende el plazo de presentación de las declaraciones y de las autoliquidaciones del ISD y del ITP y AJD para los contribuyentes no obligados a su presentación telemática.
Ante la situación generada por la evolución del COVID-19, en Navarra se considera necesario que toda la documentación que ha de presentarse en relación con las autoliquidaciones presentadas por vía telemática, se presente también por esa vía, con independencia de que se trate de documentos públicos o privados.
Ante la situación generada por la evolución del Covid-19, en Gipuzkoa se han adoptado algunas medidas relacionadas con la suspensión o prórroga de plazos administrativos.
Ante la situación generada por la evolución del Covid-19, en Bizkaia y Gipuzkoa se han adoptado algunas medidas relacionadas con la suspensión o prórroga de plazos administrativos.
Se aprueban en Navarra los modelos S-90 y 220 de autoliquidación del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes, y para los grupos fiscales que tributen por el régimen de consolidación fiscal, para los períodos impositivos iniciados entre el 1-1-2019 y el 31-12-2019.
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