La aplicación de la teoría del paréntesis, exige que no exista voluntad de apartarse del mundo laboral por parte solicitante de la pensión de jubilación. Se entiende que se ha apartado del mismo y no se aplica a una trabajadora, que acredita una carencia genérica de 20 años, que no renovó la inscripción por desempleada durante períodos que suman en total 2 años y 9 meses y que no prueba la concurrencia de ninguna circunstancia especial (personal, familiar, de salud u otra índole) que pudiera justificar la omisión del trámite de inscripción.
La aplicación de la teoría del paréntesis, exige que no exista voluntad de apartarse del mundo laboral por parte solicitante de la pensión de jubilación. Se entiende que se ha apartado del mismo y no se aplica a una trabajadora, que acredita una carencia genérica de 20 años, que no renovó la inscripción por desempleada durante períodos que suman en total 2 años y 9 meses y que no prueba la concurrencia de ninguna circunstancia especial (personal, familiar, de salud u otra índole) que pudiera justificar la omisión del trámite de inscripción.
La aplicación de la teoría del paréntesis, exige que no exista voluntad de apartarse del mundo laboral por parte solicitante de la pensión de jubilación. Se entiende que se ha apartado del mismo y no se aplica a una trabajadora, que acredita una carencia genérica de 20 años, que no renovó la inscripción por desempleada durante períodos que suman en total 2 años y 9 meses y que no prueba la concurrencia de ninguna circunstancia especial (personal, familiar, de salud u otra índole) que pudiera justificar la omisión del trámite de inscripción.
Durante el 2018 se mantiene sin cambios la cotización adicional a satisfacer para la jubilación anticipada de bomberos y miembros del cuerpo de la ertzaintza.
Desde el 10-10-2017, siguiendo la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el INSS admite el reconocimiento de la pensión de jubilación parcial anticipada de quien negocia una concentración plurianual del trabajo a tiempo parcial compatible con la pensión. Siendo válida la realización de las horas acordadas hasta su jubilación plena en un único período ininterrumpido de trabajo siempre que se mantenga alta y cotización durante todo ese período.
Desde el 26 de octubre de 2017, cumpliéndose los requisitos para acceder a la jubilación activa, se establece novedosamente la compatibilidad del 100% de la pensión con una actividad por cuenta propia si se acredita tener contratado, al menos, a un trabajador por cuenta ajena.
Las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes para cada una de las categorías y especialidades profesionales en cada zona minera han sido fijadas con efectos retroactivos desde el 1-1-2017.
El requisito de 6 años de prestación de servicios inmediatamente anteriores a la jubilación parcial anticipada no exige su carácter ininterrumpido. Motivo por el que tal exigencia se cumple cuando, habiendo reconocido la empresa esa antigüedad, el vínculo consistió en 9 contratos temporales (algunos a tiempo parcial), convirtiéndose el último en contrato indefinido, aunque hubiera entre ellos 2 interrupciones: una de 16 días y otra de 2 meses y medio, en cuyo marco percibió prestaciones por desempleo.
Para disfrutar de una pensión de jubilación activa, que permite compatibilizar el trabajo con la percepción del 50% de la pensión de jubilación, es preciso que para determinar el monto de la misma, a la base reguladora se le hubiera aplicado un porcentaje del 100%. Sin que sea posible acceder con un porcentaje inferior, para alcanzar dicho porcentaje del 100% mediante cotizaciones de trabajos posteriores a dicha jubilación.
Es válido y no discriminatorio por razón de edad el límite de 65 años establecido en el Derecho de la UE respecto de los pilotos dedicados al transporte aéreo comercial, conforme al Convenio de Chicago. El TJUE entiende que se trata de una diferencia de edad justificada por el objetivo de garantizar la seguridad de la aviación civil en Europa que supera el principio de proporcionalidad. No es preciso articular un examen individual de las capacidades físicas y psíquicas de cada titular de una licencia de piloto que haya sobrepasado dicha edad. A partir de ese momento el piloto podrá realizar vuelos que no impliquen transporte de pasajeros, carga o correo, o seguir con su actividad de instructor sin formar parte de la tripulación de vuelo.