Los despidos colectivos quedan asimilados al resto de despidos a efectos de su impugnación y calificación judicial. Como particularidad se prevé una acción para la que están legitimados los representantes de los trabajadores la cual permite dar una solución homogénea para todos los afectados por el despido.
Prórroga del sistema de reposición de prestaciones por desempleo previsto para los supuestos de suspensión del contrato de trabajo y reducción de la jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
Modificación de la responsabilidad directa por parte del FOGASA de la asunción de parte de la indemnización en caso de despido colectivo u objetivo en empresas de menos de 25 trabajadores
Establecimiento de una ayuda adicional a la prevista para los trabajadores afectados por los expedientes de regulación de empleo de SINTEL, desempleados mayores de 52 años, a los exclusivos efectos de financiar la suscripción de un convenio especial con la Seguridad Social por la pérdida del nivel de cotización que hayan podido sufrir como consecuencia de la pérdida de empleo.
Establecimiento de medidas complementarias para paliar los daños que produjo el terremoto de Lorca el 11-5-2011, así como la adopción de medidas laborales respecto de la isla de el Hierro.