Para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2013, las entidades que cumplan los requisitos para ser consideradas empresas de reducida dimensión (LIS art.108 redacc RDL 14/2010) y tributen de acuerdo con la escala de gravamen para ellas establecida (LIS art.114 redacc RDL 13/2010), pueden deducir de la cuota íntegra el 10% de los beneficios del ejercicio, sin incluir la contabilización del IS, que se inviertan en elementos nuevos del inmovilizado material o inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas. La deducción es del 5% para las entidades que tributen conforme a la escala de gravamen reducida por mantenimiento o creación de empleo (LIS disp.adic.12ª redacc L 16/2012).
La escala de gravamen reducida prevista para las empresas de nueva creación no se aplica a las constituidas con anterioridad a 1-1-2013, con independencia de que se den de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores e inicien su actividad a partir de esa fecha.
Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1-1-2013, las entidades de nueva creación, constituidas a partir del 1-1-2013, que realicen actividades económicas, así como las cooperativas de nueva creación, aplican una escala de gravamen reducida.
Mediante corrección de errores se vuelven a publicar íntegramente los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2012 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español.
Se aprueba la Orden Ministerial que regula los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2012 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español.
Se aprueba un nuevo modelo 202 de pagos fraccionados, cuyas principales novedades son su presentación obligatoria por vía telemática y la obligación de presentar una comunicación adicional de datos para empresas con un importe neto de cifra de negocios superior a 60.000.000 de euros.
La utilización previa y por separado de ciertos elementos adquiridos con el fin de ser incorporados a una maquinaria que, después de ser montada, se transmite a otra entidad, no da derecho a aplicar la deducción por reinversión de beneficios, dado que los mismos son inmovilizado en curso y no inmovilizado material.