Extinción de la incapacidad temporal
Modificaciones que afectan a la extinción de la incapacidad temporal clarificando situaciones respecto de los plazos de su duración y los efectos de las diferentes causas de extinción.
Modificaciones que afectan a la extinción de la incapacidad temporal clarificando situaciones respecto de los plazos de su duración y los efectos de las diferentes causas de extinción.
Publicación de las cuantías mínimas de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas para el año 2013 que pueden permitir, en su caso, el complemento para mínimos.
Se mantienen las cuantías de la indemnización por residencia del personal al servicio del sector público estatal durante 2014
En 2014 con carácter general las pensiones de clases pasivas se revalorizan un 0,25%.
El factor de sostenibilidad se aplicará una sola vez para determinar la cuantía inicial de las pensiones de jubilación que se causen a partir del 1-1-2019. Es un instrumento, que se aplica al monto resultante del cálculo de la pensión de jubilación con carácter automático, cuyo objetivo es vincular el importe de las pensiones de jubilación del sistema de la Seguridad Social a la evolución de la esperanza de vida de los pensionistas. Su monto se determina a través de una fórmula matemática que tiene en cuenta las tablas de mortalidad de la población pensionista de jubilación del sistema de la Seguridad Social elaboradas por la propia Seguridad Social, tomándose siempre como edad de referencia la de 67 años. La aplicación del factor permitirá ajustar las cuantías que percibirán aquellos que se jubilen en similares condiciones en momentos temporales diferentes. Su aplicación -a salvo de lo que establezcan las leyes de presupuestos- se aplica sin perjuicio del derecho que, en su caso, pueda tener el beneficiario al complemento por mínimos. El índice de revalorización que se aplica ya en 2014 a las pensiones de Seguridad Social contributiva (incluido el importe de la pensión mínima), supone con carácter general el incremento de las mismas al comienzo de cada año en función del índice de revalorización previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (durante 2014 el índice supone un incremento fijo del 0,25% -L 22/2013 art.37 y 41-). El monto del índice se fija en función de una determinada expresión matemática cuyas variables se han de publicar anualmente. Con independencia del resultado que arroje la fórmula, en ningún caso puede dar lugar a un incremento anual de las pensiones inferior al 0,25% ni superior a la variación porcentual del IPC en el periodo anual anterior a diciembre del año t, más 0,50 %.
Cuantías de las prestaciones familiares en su modalidad no contributiva durante 2014 y nuevos límites de ingresos anuales para su adquisición.
La ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014 mantiene, en sus mismos términos, los criterios establecidos en la ley correspondiente a al ejercicio 2013 tanto a efectos de la cotización por contingencias comunes que si corresponde cotizar por este régimen durante la prestación por desempleo
Se prorrogan para el año 2014 las modificaciones introducidas en el cálculo de las retenciones sobre los rendimientos del trabajo debidas al gravamen complementario a la cuota íntegra estatal para la reducción del déficit público.
Cuantía de las pensiones del SOVI para 2014
La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014 fija los tipos de cotización para los trabajadores incluidos en el sistema especial para trabajadores por cuenta propia agrarios, establecido en el RETA.
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