En la Comunidad Autónoma de Extremadura, se fijan los nuevos tipos de gravamen autonómicos del impuesto, se regula la devolución parcial de las cuotas del gasóleo de uso profesional y, por último, se exige la presentación de declaraciones informativas relativas a este impuesto.
Se establecen los tipos del recargo aplicables a las importaciones de bienes sujetas y no exentas al IGIC efectuadas por comerciantes minoristas para su actividad comercial.
Se aprueban los coeficientes de corrección monetaria aplicables a las transmisiones de determinados inmuebles que tengan lugar en los períodos impositivos iniciados durante el año 2012.
Se han aprobado los nuevos eventos que tienen la consideración de acontecimientos de excepcional interés público a efectos de la aplicación de los beneficios fiscales establecidos en la L 49/2002.
Las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales quedan sujetas a un plazo suspensivo máximo de dos años.
La DGT ha emitido una Resolución para establecer los criterios interpretativos necesarios para proporcionar seguridad jurídica en la aplicación práctica de la limitación a la deducibilidad de los gastos financieros, destacando la delimitación de gastos e ingresos financieros.
A partir del 21-7-2012, en relación con la excepción a la obligación de retener e ingresar a cuenta respecto de las rentas derivadas de la transmisión o reembolso de acciones o participaciones representativas del capital o patrimonio de IIC obtenidas por determinados fondos de inversión de capital variable y sociedades de inversión de capital variable, se eleva el requisito relativo al porcentaje mínimo de inversión exigido a las IIC que invierten en un único fondo del 80% al 85%, para adaptarlo al nuevo porcentaje mínimo establecido por la normativa comunitaria.