Los servicios prestados a una entidad sin ánimo de lucro, al no estar identificada a efectos del impuesto en su país por no estar obligada a ello, se localizan en territorio de aplicación del impuesto.
Cuando en la empresa existe un pacto colectivo por el que se compromete a no realizar despidos objetivos o colectivos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción durante un cierto tiempo, a cambio de otros sacrificios que asumieron los trabajadores, la empresa no puede unilateralmente realizar despidos aunque sus circunstancias económicas hubieran variado desde la formalización del acuerdo, sino que está obligada a negociar su modificación mientras se mantenga vigente el mismo.
Es válida la consignación realizada durante las primeras 15 horas del día posterior al último del plazo a término habilitado al efecto. El cumplimiento de este requisito (imprescindible pero accesorio) puede llevarse a cabo dentro del plazo procesal fijado para el principal (anuncio del recurso de suplicación).
Se aprueba el nuevo Reglamento de desarrollo de la LFGT en materia de revisión de actos en vía administrativa, para actualizar y modernizar la normativa vigente hasta ahora y contribuir a la agilización de la tramitación administrativa, la mejora del servicio a los ciudadanos en esta materia y la consolidación y desarrollo de los principios de legalidad y seguridad jurídica.
Se establece la valoración de los seguros de vida cuando el beneficiario irrevocable sea el propio tomador del seguro y cuando no haya derecho de rescate.
Agilizar las relaciones jurídico-tributarias y la lucha contra el fraude fiscal son algunas de las causas que han motivado la modificación del Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales y del Reglamento que regula las obligaciones de facturación.
El hecho de que la asunción de una parte relevante de la plantilla derive de lo preceptuado por el convenio colectivo no impide la aplicación de todas las garantías previstas en la Ley, aunque el convenio prevea un régimen diferente en el que se elimine alguna de ellas.
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