Ante un incumplimiento grave en el pago del salario procede la extinción indemnizada a solicitud del trabajador que puede decidir voluntariamente si continúa prestando servicios o deja de hacerlo una vez presentada la demanda y antes de que se dicte sentencia, incluso teniendo la posibilidad de iniciar una nueva relación laboral.
Un contribuyente obligado a residir en otra vivienda por razón de cargo o empleo puede continuar aplicando la deducción por vivienda habitual por una vivienda adquirida con anterioridad a 1-1-2013 en la que residía y por la que venía practicando la citada deducción, siempre que dicha vivienda no sea objeto de utilización (por ejemplo, como arrendamiento).
La residencia en otra vivienda por el cargo o empleo permite continuar aplicando la deducción por la vivienda habitual en la que se residía, adquirida antes de 1-1-2013 y por la que venía practicando la deducción, siempre que dicha vivienda no se destine a otros usos o se ceda a terceros en arrendamiento.
En los casos de beneficiarios con contrato a tiempo parcial para el cálculo de la obligación de pago del FOGASA el límite del doble del SMI vigente debe reducirse en la misma proporción que la jornada laboral.
La responsabilidad respecto del pago de las prestaciones por incapacidad permanente total o muerte y supervivencia derivadas de enfermedad profesional corresponde al INSS y a la mutua en proporción a cada entidad por el tiempo respectivo de aseguramiento.
Solo si la consideración del tiempo de bocadillo como tiempo de trabajo efectivo tiene la naturaleza de condición más beneficiosa es necesario recurrir al procedimiento de modificación sustancial de condiciones de trabajo para alterar dicha consideración.
Solo si la consideración del tiempo de bocadillo como tiempo de trabajo efectivo tiene la naturaleza de condición más beneficiosa es necesario recurrir al procedimiento de modificación sustancial de condiciones de trabajo para alterar dicha consideración.
En el caso de las dragas, se debe incluir dentro de la actividad de transporte marítimo a la que se aplica el régimen especial, el transporte entre los diferentes lugares de trabajo, entre el puerto y el lugar de extracción y entre el lugar de depósito y el puerto. En el período en que no se cumpla el porcentaje de ingresos exigidos a esta actividad tributa según el régimen general, pero no supone el incumplimiento de los requisitos del régimen del tonelaje.
En el caso de las dragas, se debe incluir dentro de la actividad de transporte marítimo a la que se aplica el régimen especial, el transporte entre los diferentes lugares de trabajo, entre el puerto y el lugar de extracción y entre el lugar de depósito y el puerto. En el período en que no se cumpla el porcentaje de ingresos exigidos a esta actividad tributa según el régimen general, pero no supone el incumplimiento de los requisitos del régimen del tonelaje.