Se aprueba el modelo 369 de autoliquidación a utilizar por los sujetos pasivos acogidos a los regímenes especiales previstos para los servicios prestados a personas que no tienen la condición de sujetos pasivos, que efectúen ventas a distancia de bienes y ciertas entregas interiores de bienes.
En una huelga del sector aéreo se han considerado abusivos, por desproporcionados, unos servicios mínimos establecidos por la administración para los establecimientos de hostelería en el aeropuerto que suponen el 100% de los servicios prestados ordinariamente.
Se adecúa el concierto a la reforma del IVA para modernizar y simplificar el impuesto del comercio electrónico transfronterizo, basada en la modificación del régimen comunitario de ventas a distancia, la aplicación del mecanismo de ventanilla única, y la igualdad de trato y tributación para proveedores comunitarios y de fuera de la Unión; y a la creación de nuevas figuras impositivas, tales como el Impuesto sobre las Transacciones Financieras o el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales. Además, se introducen ajustes en las obligaciones de información, la metodología de determinación del cupo y el procedimiento especial de extensión de efectos y se determinan las reglas a las que debe ajustarse el régimen transitorio de los nuevos tributos concertados desde el 16-1- 2021.
Se adapta el decreto foral que regula el censo de contribuyentes y obligaciones censales y el decreto foral que aprueba el reglamento de facturación a la incorporación a nuestro ordenamiento interno de determinadas directivas en materia de comercio electrónico en el ámbito del IVA.
En las ferias de promoción de turismo el tipo reducido se aplicará, en su caso, a los servicios que sean prestados directamente por los organizadores, tanto a los participantes en las mismas (expositores) como a los visitantes.
Cuando un colegiado actúe en nombre propio frente a su colegio profesional, en las facturas en que se documenten los servicios básicos que presta el colegio a sus colegiados, debe consignarse como destinatario al colegiado, con independencia de quién haya efectuado el pago de las mismas, pudiendo hacer una mención a dicha circunstancia en la propia factura.
Los honorarios percibidos por el auditor de cuentas de una entidad aseguradora por la realización del informe de revisión sobre el informe de la situación financiera y de solvencia de dicha entidad deben excluirse del cómputo de honorarios distintos a los de auditoría a efectos de lo establecido en el Rgto UE/537/2014 art.4.2.
Es válida la realización de un asiento resumen en el libro registro de facturas expedidas, siempre que estas se hayan expedido en la misma fecha, no sea preceptiva la identificación del destinatario, y el devengo de las operaciones que se pretende documentar se haya producido dentro de un mismo mes.