Con efectos para los ejercicios iniciados a partir del 1-1-2021 se introducen modificaciones que afectan principalmente a la definición de valor razonable y a la norma de registro y valoración de los instrumentos financieros.
A efectos del cálculo de la ganancia patrimonial obtenida por la transmisión en el año 2011 de un activo inmaterial de vida útil indefinida afecto a una actividad económica, en dicho ejercicio y en los inmediatamente precedentes y en los siguientes hasta el 31-12-2015, los contribuyentes del IRPF que determinaran los rendimientos de sus actividades económicas por el método de estimación directa, normal o simplificada, no podían amortizar ni contable ni fiscalmente sus activos inmateriales de duración indefinida, por lo que en ese período no cabe hablar de una amortización mínima de tales activos, y la misma no se ha de tener en cuenta para determinar el valor de adquisición.
Con efectos aplicables a las cuentas anuales de los ejercicios iniciados a partir del 1-1-2020, se aprueba un desarrollo reglamentario del PGC y del PGC PYMES en materia de presentación de instrumentos financieros y de las implicaciones contables de la regulación mercantil sobre las aportaciones sociales, las operaciones con acciones y participaciones propias, la aplicación del resultado, el aumento y reducción del capital y, en general, otros aspectos contables relacionados con la regulación mercantil de las sociedades de capital.
Con efectos aplicables a las cuentas anuales de los ejercicios iniciados a partir del 1-1-2020, se aprueba el desarrollo reglamentario del PGC y del PGC PYMES en relación con las combinaciones de negocio, la transformación y el cambio de domicilio social.
Con efectos aplicables a las cuentas anuales de los ejercicios iniciados a partir del 1-1-2020, se aprueba un desarrollo reglamentario del PGC y del PGC PYMES en materia de presentación de instrumentos financieros y de las implicaciones contables de la regulación mercantil sobre las aportaciones sociales, las operaciones con acciones y participaciones propias, la aplicación del resultado, el aumento y reducción del capital y, en general, otros aspectos contables relacionados con la regulación mercantil de las sociedades de capital.
Se aprueban los criterios de presentación de instrumentos financieros y de las implicaciones contables de la regulación mercantil de las sociedades de capital.
A partir de 2016, las sociedades que puedan formular cuentas anuales en modelo abreviado o en formato Pymes no están obligadas a presentar estado de cambios en el patrimonio neto.
La presente consulta plantea si la modificación introducida en el modelo de memoria abreviado y de pequeñas y medianas empresas por el RD 602/2016 resulta de aplicación también a las entidades sin fines lucrativos (ESFL), y a los modelos que deben formular dichas entidades.
El primer ejercicio a tener en cuenta para aplicar el requisito que limita la utilización del modelo de cuentas abreviadas a las entidades que forman parte de un grupo, es el iniciado en 2016.
Se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales individuales y consolidadas para adaptarlos a las recientes reformas de la normativa contable.