Cuantía de pensión de viudedad de divorciada antes del 1-1-2008 única beneficiaria

Hasta la modificación operada en la norma vigente con anterioridad al 1-1-2008, la persona separada o divorciada, aún siendo la única beneficiaria de la prestación de viudedad, no tenía derecho a percibir la pensión completa, sino tan sólo la parte proporcional al tiempo de convivencia matrimonial. Situación que se mantiene en supuestos de separación judicial o divorcio anteriores a la entrada en vigor de la nueva normativa cuando concurran las condiciones que deben entenderse referidas a la prorrata en caso de crisis matrimoniales.

Aplicación de medidas de acción positiva de género en la contratación

Han de aplicarse las medidas de acción positiva a favor de las mujeres previstas en el Convenio colectivo cuando los dos candidatos, un hombre y una mujer, se encuentran en igualdad de méritos y capacidades, en cuya valoración ha de tenerse en cuenta el contexto objetivo de infrarrepresentación femenina, pues permite detectar discriminaciones indirectas.

Gipuzkoa: aprobación de los modelos 308 y 309 de declaración no periódica del IVA

Con efectos a partir del 25-11-2017, se aprueban el modelo 308, de solicitud de devolución. Recargo de equivalencia y sujetos pasivos ocasionales, y el 309 de autoliquidación no periódica

Protección de trabajadoras en periodo de lactancia mediante la elaboración de una evaluación de riesgos de su puesto de trabajo

Si las trabajadoras en periodo de lactancia impugnan ante un órgano jurisdiccional nacional u otro órgano competente del Estado miembro de que se trate la evaluación de los riesgos de su puesto de trabajo por no haberse llevado a cabo con arreglo a lo establecido, corresponde a la parte demandada demostrar que dicha evaluación de los riesgos se realizó con arreglo a dichas exigencias y que, por tanto, no se vulneró el principio de no discriminación.

Nulidad del acuerdo de liquidación dictado en un procedimiento inspector.

Se habilita al órgano liquidador para contestar a las alegaciones formuladas en el trámite de audiencia previo al acuerdo de liquidación, a través del informe complementario que recoge el LGT art.235.3. En estos casos no puede apreciarse indefensión.

Valoración de las acciones no cotizadas de la empresa familiar

No existe un método de valoración preceptivo para la Administración para determinar el valor de las acciones no cotizadas en la adquisición de empresa familiar a efectos de la aplicación de la reducción en el ISD.