Desde el 26-10-2017, se incluye la pareja de hecho entre los familiares colaboradores que tienen derecho a esta bonificación y se define lo que ha de considerarse como tal a dichos efectos.
Con efectos a partir del 27-9-2017, se regula el Registro de personas o entidades emprendedoras en Navarra
La DGRN entra a analizar si procede la revocación de la nota de calificación registral por la que fue suspendida la inscripción de una escritura de préstamo hipotecario al haberse considerado que existían cláusulas abusivas, entre otras, la relativa al pago de los impuestos.
No se considera abusiva la cláusula y por tanto tampoco nula, que atribuye al deudor hipotecario el pago del AJD: los actos inscribibles son tanto el préstamo como la hipoteca, por lo que el sujeto pasivo va a ser siempre el adquirente del préstamo, prestatario, no le es trasladado a este ningún gasto que le correspondiese asumir al banco.
Cuando la SRL que se transforma en SA tiene patrimonio no dinerario será exigible informe de experto independiente, no sobre la totalidad del patrimonio social, sino solo respecto del no dinerario.
En el caso de que exista un error al expedir el NIE de la persona física extranjera (p.e., en el documento figura un dígito de más), debe subsanarse dicho error por el órgano competente (Dirección General de Policía) con carácter previo a la constancia de la identidad de dicha persona en el Registro Mercantil.
Los efectos que producen las acciones incursas en mora (LSC art.83.1) sobre el quorum de constitución de la junta y sobre el derecho de voto se producen respecto de las concretas acciones pendientes de íntegro desembolso, y no respecto de la totalidad de las acciones propiedad del accionista moroso. Por otro lado, la LSC art.201, tanto antes como después de la modificación realizada por la L 31/2014, establece las mayorías necesarias para la adopción de acuerdos en primera y en segunda convocatoria partiendo de los porcentajes concurrentes a la junta general, y no por referencia a la totalidad del capital suscrito.
Es suficiente para acreditar la existencia de pareja de hecho la inscripción en el registro municipal específico para ello, con independencia de pertenecer a una Comunidad Autónoma con Derecho civil propio.
La inscripción de la liquidación de una sociedad promotora inmobiliaria, cuando no hayan transcurrido los plazos de prescripción de las acciones para reclamar por daños materiales, requiere la previa acreditación de la constitución de las garantías (seguro de daños) legalmente previstas para cubrir los eventuales defectos o vicios de la construcción.
La falta de inscripción de la escritura de constitución no priva de personalidad jurídica a la sociedad, sin perjuicio de cuál sea el régimen legal aplicable en función de si se trata de una sociedad en formación o irregular. En uno y otro caso, tienen personalidad jurídica, y consiguientemente gozan de capacidad para ser parte en un proceso conforme a la LEC art.6.1.3º.